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ARCA puede multar a monotributistas si no hacen este trámite importante

La ARCA exige este procedimiento dos veces al año. Sin embargo, no es obligatorio para todos los monotributistas, ¿a quiénes les corresponde?

BAE Negocios

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó que los monotributistas deben realizar este importante trámite online. Caso contrario, el organismo fiscal que nació en la gestión de Javier Milei podrá aplicar recargos y hasta multas a quienes se lo salteen.

Se trata de la recategorización, una gestión que se basa en actualizar los montos facturados de los últimos 12 meses. Después de una primera etapa que se realizó a principio de año, ahora se abrirá el segundo período. 

De todos modos, este trámite importante de la ex AFIP no es para todos los monotributistas.

Quiénes tienen que hacer la recategorización ARCA

Todos aquellos que hayan superado sus ingresos anuales y ya no estén adecuados a su categoría actual deberán realizar el trámite para ajustarse a una nueva categoría que más se adapte a los montos generados laboralmente.

La recategorización es un trámite obligatorio e importante que no se puede saltear a quien le corresponda. En el caso contrario, ARCA puede aplicar cargos adicionales y multas.

El ARCA informó el nuevo esquema para los monotributistas (Imagen ilustrativa).
Cómo saber si estoy cerca de que me corresponda la recategorización ARCA

ARCA lanzó este año el Monitor de Facturación, una herramienta útil que ayuda a los monotributistas. A través de la plataforma, el sistema envía alertas al contribuyente cuando esté cerca de llegar al límite de una categoría y deba realizar la recategorización.

Recategorización ARCA: fecha confirmada

La segunda etapa de la recategorización será a partir del 15 de julio hasta el 20 de agosto, según confirmó ARCA. El organismo extendió la fecha del trámite y ese es el cambio confirmado.

El trámite se hará exclusivamente a través de su página web monotributo.afip.gob.ar.

Cuáles son las escalas del monotributo en julio de 2025

ARCA actualizó los topes de facturación por categoría. Estos son los límites anuales vigentes:

Categoría A: $7.813.063,45 Categoría B: $11.447.046,44 Categoría C: $16.050.091,57 Categoría D: $19.926.340,10 Categoría E: $23.439.190,34 Categoría F: $29.374.695,90 Categoría G: $35.128.502,31
Categoría H: $53.298.417,30 Categoría I: $59.657.887,55 Categoría J: $68.318.880,36 Categoría K: $82.370.281,28
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