Afip elimina el impuesto al cheque para monotributistas: a quiénes alcanza
La medida está vincualada con la competencia entre los bancos y las fintech, y busca equilibrar el sistema de pagos con el avance de billeteras virtuales
La Afip eximirá del pago del denominado impuesto al cheque a los monotributistas que tengan cuentas corrientes, según informó el organismo de recaudación como parte de las medidas para colocar en condiciones similares a las entidades bancarias y a las billeteras virtuales.
Por medio de un comunicaco, la Afip anunció que se instrumentó la exención del pago del impuesto a los créditos y débitos, conocido como impuesto al cheque, para las y los monotributistas que utilizan cuentas corrientes.
"El beneficio alcanzará en forma automática a todas las cuentas corrientes bajo la titularidad de pequeños contribuyentes que dejarán de pagar la alícuota especial de 0,25%", se indicó.
La medida forma parte de un conjunto de instrumentos previstos en el Decreto 301/2021 tendientes a equiparar el tratamiento impositivo entre las cuentas bancarias y las billeteras virtuales que ya se encuentran exentas del pago del impuesto a los débitos y créditos.
Monotributo: quiénes quedan excentos del Impuesto al ChequeEn la normativa que instrumentó la Afip se establece que el beneficio alcanza tanto a quienes ya tienen cuentas corrientes como a quienes abran nuevas cuentas corrientes De esta manera, la exención del impuesto a los débitos y créditos abarca a la totalidad de las cuentas bancarias bajo la titularidad de monotributistas que se encuentren inscriptos en el Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias.
Qué pasa con las fintechComo parte de las modificaciones introducidas por el Decreto 301/2021, la Afip también modificó un conjunto de normativas para facilitar la incorporación de los proveedores de servicios de pagos como responsables de la liquidación y percepción del impuesto sobre los créditos y débitos y otras operatorias.
"Para garantizar que las firmas proveedoras de servicios de pago y sus usuarios mantengan la exención prevista en el Decreto 301/2021, se extendió hasta el 30 de septiembre de 2021 el plazo para que las fintech finalicen la inscripción al Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias!, se indicó.
La Afip agregó que "la prórroga tiene como objetivo garantizar el normal desarrollo de la operatoria a través de los sistemas de pago virtuales".