Agro, soja, dólares y el sacrificio especial
Miles de bienes privados han sido declarados legislativamente sujetos a expropiación a lo largo de la historia argentina
Sacrificio especial. Así define la ley y la doctrina a la situación en la cual queda el propietario de un bien que, dispuesto para utilizarse como parte de una obra pública, debe ceder su propiedad para el bien común, obviamente por una compensación previa, justa y pagada en efectivo por el gobierno.
Se trata de la ley de expropiaciones, un esquema serio y duradero , de una política pública de raigambre constitucional que se instauró para garantizar el derecho a la propiedad privada sin detener ni menoscabar la necesidad del progreso y del desarrollo infraestructural del país.
Miles de bienes privados han sido declarados legislativamente sujetos a expropiación a lo largo de la historia argentina para tender redes de ferrocarriles, abrir rutas, calles, avenidas, ampliarlas, construir hospitales en centros urbanos, crear centros recreativos, plazas y parques, museos, escuelas, universidades, aeropuertos, diques, etc etc etc.
Cada vez que hizo falta, cada vez que los legisladores , en resumen, los representantes del pueblo de la Nación consideraron que la obra pública nacional , provincial, o municipal ameritaba la excepcional e indispensable situación de lesionar el principio constitucional del derecho a la propiedad privada y que ello importaba un SACRIFICIO ESPECIAL de los propietarios que perdían su bien para que la sociedad gane en infraestructura pública , el Estado se obligaba por ley a indemnizar, ya dije, previamente en efectivo, a los sacrificados propietarios, por el valor fijado por un Tribunal estatal que determinaba una tasación fiscal que, de ser necesaria y ante el rechazo o queja del particular, se controla judicialmente.
Esta normativa, se aplica a todas las propiedades que conforman el patrimonio. De hecho la falta de su aplicación es una de las bases del reclamo de los fondos buitres contra YPF en los tribunales de NY.
Antes de seguir, y para evitar dudas, reafirmo lo que publiqué en Crítica, el diario de Lanata, donde sostuve que estaba ( y estoy) filosóficamente de acuerdo con las retenciones móviles al plus extra de ganancia que genera el precio internacional de los commodities en razón de la comparación con su precio en el mercado local.
Aclarado el punto, y saludando la agilidad financiera del Gobierno para contener el precio del dólar, dejo hecha la siguiente observación que le cabe a toda atención médica de emergencia: los avispados campeones CEOs de las cerealeras liquidaron los benditos 7000 millones de U$s en 72 horas y calmaron el mercado cambiario y su presión en los precios. Gracias por los ejercicios de RCP.
Pero ahora queda la necesidad de practicar la cura profunda de la economía (libertad al Gobierno para que lleve su plan, si es que lo tiene) y para restablecer el principio de igualdad ante la ley.
Los pequeños productores del interior han sufrido , con la reposición de las retenciones, ese SACRIFICIO ESPECIAL como el que compensa la ley.
Ah, y me olvidaba de decirles, que tiene tanta historia jurídica como la misma ley lo que denominamos expropiación inversa figura que tutela las desigualdades de la política a la hora de apropiarse de algunos bienes sin la compensación debida, desoyendo la ley y la Constitución.
Pequeños productores,en BAE Negocios, Consultas gratis.