DNU

Avanza la privatización de AySA: cambia la regulación y habilitan cortes por falta de pago

Mediante un DNU, el gobierno permitió la incorporación de capital privado en la empresa que presta el servicio en el AMBA, para asegurar su continuidad en “condiciones óptimas”

BAE Negocios

El Gobierno formalizó las modificaciones al marco regulatorio para la prestación del servicio público de agua potable y desagües cloacales en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), requisito previo para permitir la incorporación de capital privado en la empresa Agua y Saneamientos Argentinos (AySA).

El nuevo marco regulatorio ya entró en vigencia con la publicación en la edición de hoy del Boletín Oficial del Decreto de Necesidad y Urgencia 493/2025, cuyos lineamientos principales fueron adelantados el jueves 17 de julio por el vocero presidencial, Manuel Adorni.

La decisión se tomó para “asegurar la continuidad en la prestación del servicio de agua potable en condiciones óptimas”, motivo que obliga a “adoptar con celeridad medidas que permitan viabilizar urgentemente las inversiones necesarias y garantizar la mejora sostenida en las condiciones de prestación del servicio público de agua potable y desagües cloacales a cargo de AySA, sin que ello implique, en ningún caso, interrupciones ni situaciones que pongan en riesgo la continuidad del servicio”.

La iniciativa se toma un año después de la sanción de la ley de Bases 27.742, que declaró a AySA “sujeta a privatización”.

 

Los cambios en AySA

 

Entre los cambios principales, sobresale la posibilidad que tendrá el Estado de “enajenar total o parcialmente su participación accionaria”, que alcanza al 90% del total, manteniéndose el 10% restante del capital social en el Programa de Propiedad Participada de los trabajadores de la compañía.

Asimismo, AySA -o la empresa concesionaria que quede a cargo del servicio luego de la privatización-, “podrá efectuar el corte del servicio en caso de mora”, de acuerdo con lo establecido en el artículo tercero del DNU.

 

“Repensar” el modelo 

 

El Gobierno justificó los cambios en la necesidad de “repensar un nuevo modelo regulatorio, con Entes Reguladores robustecidos para brindar mayor seguridad y transparencia a todos los sujetos actuantes en el marco de la gestión”.

Por tal razón se habilitó el ingreso de capital privado, porque se entiende que “el régimen actualmente vigente fue diseñado para una sociedad de carácter estatal, lo cual dificulta su adecuación hacia los nuevos objetivos de gestión, eficiencia e inversión que esta Administración busca cumplir”.

Ese diseño, agregó, “no se ajusta a las necesidades actuales de expansión, sostenibilidad y eficiencia que la prestación del servicio requiere, al haber sido concebido para un modelo de gestión estatal que no contempla adecuadamente las condiciones necesarias para fomentar nuevas inversiones y ampliar la cobertura”.

 

“Profunda crisis económica”

 

También fundamenta la medida por la “profunda crisis económica” existente que “limita severamente la capacidad del Estado para sostener y expandir la prestación del servicio público, lo que se evidencia, entre otros aspectos, en el creciente deterioro operativo y financiero de AySA, cuya estructura actual resulta insuficiente para dar respuesta a las demandas crecientes de cobertura, calidad y sostenibilidad”.

Al respecto -y tal como señalara Adorni la semana pasada- indica que entre 2006 y 2023 el Estado realizó transferencias del Tesoro en favor de AySA por aproximadamente USD 13.400 millones, pero que, a pesar de esos recursos, “se ha producido un deterioro en la eficiencia y productividad” de la empresa, que se refleja en “una disminución de la productividad laboral y el aumento de los costos operativos”.

 

Área de cobertura

 

El servicio actualmente a cargo de AySA estuvo a cargo hasta 1992 de la empresa estatal Obras Sanitarias de la Nación (OSN), que fue privatizada ese año en favor de Aguas Argentinas, con mayoría de capitales franceses, hasta su reestatización en 2006.

El área de cobertura de la concesión abarca a la Ciudad de Buenos Aires y los partidos bonaerenses de Almirante Brown, Avellaneda, Esteban Echeverría, Ezeiza, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, General San Martín, Tres de Febrero, Tigre y Vicente López, respecto a los servicios de agua potable y desagües cloacales; Hurlingham e Ituzaingó respecto del servicio de agua potable; y los servicios de recepción de efluentes cloacales en bloque de los partidos de Berazategui y Florencio Varela.

Posteriormente, se incorporaron al ámbito de aplicación los municipios de José C. Paz, Moreno, Merlo, Malvinas Argentinas, Florencio Varela, San Miguel, Presidente Perón, Escobar y Pilar.

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