Cambia la licencia de conducir: el requisito obligatorio para tramitarlo
Todos los conductores deberán cumplir con este requisito para sacar la licencia de conducir. Mirá cuál es y cómo tramitarlo
El Gobierno de la provincia de Buenos Aires implementó un nuevo requisito obligatorio para renovar la VTV y la licencia de conducir, así como para el pago de infracciones y multas de tránsito y otros trámites.
Además, la Agencia Nacional de Seguridad Vial establece que, sin la realización de la VTV, no podrás conducir libremente. Hay algunas luces específicas que necesitas tener para aprobarlo.
Para qué trámites es obligatorio tener Domicilio Vial Electrónica
A partir de ahora, tener DVE será requisito necesario para la realización de trámites y gestiones ante los Centros de Emisión de Licencias de Conducir, Juzgados Administrativos de Infracciones de Tránsito Provincial, talleres de Verificación Técnica Vehicular de la Provincia de Buenos Aires y en el Portal Oficial del Ministerio de Transporte.
Mediante el DVE se comunicarán avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones y comunicaciones que se originen como consecuencia de una infracción de tránsito constatada, así como avisos de proximidad de vencimiento de licencias de conducir o de la verificación técnica vehicular (VTV).
“La medida mejorará y agilizará los tiempos en los procesos administrativos, además de que brindará más seguridad en términos jurídicos a usuarios y usuarias”, expresa la cartera de transporte en su comunicado oficial.
¿Cómo tramitar el Domicilio Vial Electrónico?Quienes deseen tramitarlo deberán seguir los siguientes pasos:
Ingresar a la página oficial de la provincia de Buenos Aires a través de este link, Iniciar sesión, Realizar la prueba de autenticación, Ir a los 9 puntos en la parte superior derecha, Completar los datos del formulario (Nombre, apellido, DNI, correo electrónico, teléfono y dirección), Darle al botón de aceptar y luego guardar.Los conductores no pueden circular con la licencia de conducir vencida, pero cuentan con un margen de renovación de 30 días previos a su vencimiento y hasta 90 días pasada la fecha.