Blanqueo de Capitales
Cuatro preguntas clave para beneficiarse de la regularización de activos
Quiénes pueden adherir, quiénes no, qué bienes están alcanzados y cuáles quedaron excluidos.
1 - Quiénes pueden adherir al Régimen de Regularización de Activos
Los Residentes en el país hasta el 31/12/2023, estén o no inscriptos como contribuyentes ante la AFIP.
Las personas humanas que fueron residentes fiscales en Argentina antes del 31/12/2023 y que, a dicha fecha, hubieran perdido tal condición.
Si adhieren al blanqueo adquiere nuevamente la residencia tributaria en el país a partir del 1/01/2024.
A efectos del régimen, no se tomarán en cuenta los incrementos patrimoniales y los bienes adquiridos en el exterior, luego de la pérdida de la residencia fiscal en Argentina.
2 - Los funcionarios públicos pueden acceder al régimen de regularización de activos Quedan excluidos del régimen quienes tengan cargos públicos como Presidente y vicepresidente de la Nación, gobernador, vicegobernador, jefe o vicejefe de gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o intendente municipal; senador, magistrados, defensor del pueblo, embajadores, rectores de universidades públicas, funcionarios con rango no inferior a director, personal de organismos de control, entre otros. Ya sea en la actualidad, o que se hayan desempeñado en esos cargos durante los últimos 10 años desde el 8 de julio de 2024.
2 - Los funcionarios públicos pueden acceder al régimen de regularización de activos Quedan excluidos del régimen quienes tengan cargos públicos como Presidente y vicepresidente de la Nación, gobernador, vicegobernador, jefe o vicejefe de gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o intendente municipal; senador, magistrados, defensor del pueblo, embajadores, rectores de universidades públicas, funcionarios con rango no inferior a director, personal de organismos de control, entre otros. Ya sea en la actualidad, o que se hayan desempeñado en esos cargos durante los últimos 10 años desde el 8 de julio de 2024.
3 - Cuáles son los bienes excluidos
Moneda o títulos valores en el exterior, que al 31 de diciembre de 2023 estuvieran depositadas en entidades de alto riesgo o de monitoreo intensificado según el Grupo de Acción Financiera (GAFI).
Quedan por fuera del blanqueo los bienes sujetos a investigaciones por delitos de gran escala como el narcotráfico, el crimen organizado o la trata de personas.
4 - Cuáles son los bienes alcanzados Moneda nacional o extranjera, sea en efectivo o depositada en cuentas bancarias o de cualquier otro tipo. Inmuebles en el país. Acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios, fideicomisos. Cuotapartes de fondos comunes de inversión, siempre que no coticen en bolsas o mercados regulados por la CNV. Títulos valores, incluyendo a acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares, que coticen en bolsas o mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores. Las criptomonedas, criptoactivos. Otros bienes ubicados en el país susceptibles de valor económico. Para los bienes en el exterior, rige el mismo criterio que para los bienes en Argentina.