BOLETÍN OFICIAL

El Gobierno oficializó la desregulación total del correo postal: qué dice la norma

Es oficial la desregulación del servicio postal. El Gobierno reservó para el Correo Oficial el servicio electoral y la representación estatal ante la Unión Postal Universal

BAE Negocios

El Poder Ejecutivo oficializó la desregulación del servicio postal, con la eliminación de normas de más de tres décadas, por entender que los avances tecnológicos las tornaron “innecesarias” y “desactualizadas”, y aseguró la continuidad del Correo Oficial como operador “en todo el territorio” de forma “obligatoria y sin exclusividad”.

La medida había sido adelantada el domingo por el vocero de Presidencia, Manuel Adorni, mediante un posteo en su cuenta personal de la red social X (antes Twitter) y el detalle de las modificaciones se dio a conocer en la edición de hoy del Boletín Oficial a través del decreto 1005/2024.

El gobierno ha tomado la decisión de desregular el servicio de correos.Con esta medida lograremos más competencia, mayor digitalización y mejor seguridad en materia postal.Dios bendiga a la República Argentina.Fin.

— Manuel Adorni (@madorni) November 10, 2024

 

Qué significa la desregulación del correo

La decisión del Gobierno implica la derogación de algunos artículos, resoluciones y decretos que consideran como “excesivos” y “desactualizados”.

Precisamente, la norma modifica y deroga artículos del decreto 1187/1993 y elimina por completo el decreto 151/1974, así como otras resoluciones concordantes, por entender que representan una “sobrerregulación de la actividad postal” que “generó barreras de ingreso al mercado, restringiendo la competencia, lo que derivó en un servicio de peor calidad y mayores precios, perjudicando al usuario del servicio”.

En este sentido, la normativa argumenta que se deben eliminar los "requisitos excesivos para llevar a cabo la actividad y los registros que implican mayor burocracia y menor transparencia”.

Además, señala que “es posible advertir que mientras algunas regulaciones son innecesarias, en tanto constituyen una excesiva intromisión del Estado en el sector; otras, por el avance de la tecnología, han quedado desactualizadas, ya que diversos trámites podrían realizarse de manera más eficiente a través de medios digitales”.

 

Desregulación del correo: los requisitos que se eliminan

 

En ese aspecto, se modifican los requisitos para prestar servicios postales establecidos en el artículo 11 del decreto de 1993: la obligación de constituir un domicilio físico en la Ciudad de Buenos Aires (“Capital Federal”, por entonces), pasa a ser la de un “domicilio legal” en cualquier parte de la Argentina y constituir “un domicilio electrónico”.

También se deja sin efecto la acreditación de un derecho de inscripción que en 1993 era de $5.000 anuales (por entonces, con el peso cotizando a la par del dólar) y la obligación de indicar “las condiciones y calidad del servicio postal que prestará a sus clientes” y “la nómina de la totalidad de los integrantes de sus órganos de administración y control”.

En su reemplazo, solo deberán estar inscriptos ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y cumplir con las obligaciones impositivas y de seguridad social correspondientes.

“En ningún caso podrán imponerse o exigirse otros requisitos u obligaciones que no se encuentren contemplados en el presente decreto”, subrayó.

 

Transparencia y digitalización

La desregulación del servicio se dispuso para promover “la transparencia, la digitalización y mayor seguridad” en concordancia con el propósito de “garantizar una amplia libertad en la circulación de bienes y servicios, así como simplificar y eliminar las trabas burocráticas que afectan su prestación”.

“Las acciones proyectadas se orientan a la verificación de manera digital, con sistemas seguros, de las pérdidas y destrucciones, así como las prohibiciones de transportar ciertas sustancias y sus excepciones como las de sustancias en pequeñas cantidades y/o para uso doméstico, que no representan ningún peligro”, añadió el decreto.

La medida se tomó en consonancia con lo establecido en el decreto 70/2023, que en su artículo 2 dispuso “la promoción de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo”.

 

El rol del Correo Oficial

La desregulación del servicio postal no implica la desvinculación de obligaciones del Estado, contempladas tanto en la Constitución Nacional como en compromisos internacionales.

Al respecto, el decreto precisó que el Poder Ejecutivo “deberá garantizar que al menos un operador postal ofrezca en todo el territorio de la República Argentina la prestación del Servicio Postal Universal en forma obligatoria y sin exclusividad” y en tanto no designe otro prestador, será el Correo Oficial de la República Argentina S.A.el encargado de cumplir “los compromisos asumidos en las Actas de la Unión Postal UniversaI”.

Asimismo, el Correo Oficial "tendrá a su cargo el Servicio Electoral de las Elecciones Nacionales”, tal como viene ocurriendo. 

Esta nota habla de: