Elecciones legislativas 2025: quiénes no están obligados a votar
El domingo 26 de octubre, más de 36 millones de argentinos acudirán a las urnas, pero hay excepciones al voto obligatorio según la edad y la situación del ciudadano
El próximo 26 de octubre de 2025, los argentinos renovarán 127 bancas en Diputados y 24 en el Senado. Por primera vez, se implementará la Boleta Única de Papel (BUP) en todo el país, un sistema que reemplaza las tradicionales boletas partidarias y promete agilizar el recuento y reducir el ausentismo.
El voto sigue siendo obligatorio para ciudadanos de 18 a 70 años, según el Código Electoral Nacional. Quienes no voten sin justificación pueden enfrentar multas económicas y restricciones para realizar trámites oficiales, como sacar pasaporte o registrarse en organismos públicos.
Excepciones al voto obligatorio Jóvenes de 16 y 17 años: su participación es opcional. Mayores de 70 años: pueden elegir libremente si concurren a votar. Ciudadanos a más de 500 km de su lugar de votación: deben poder acreditar su situación ante la autoridad electoral para quedar exentos.Estas excepciones están contempladas para evitar sanciones a quienes, por edad o distancia, no puedan cumplir con la obligación.
Cómo justificar la inasistencia Quienes se encuentren en situaciones especiales deben justificar su ausencia ante la autoridad electoral en un plazo de 60 días posteriores a la elección. La justificación puede hacerse presencialmente o por los canales habilitados online. Es necesario adjuntar documentación que respalde la causa de la inasistencia. Quienes no justifiquen ni paguen la multa serán incluidos en el Registro de Infractores, lo que puede generar restricciones en trámites estatales. Para consultar si se figura como infractor, se puede ingresar a: infractores.padron.gob.are introducir el DNI y el distrito electoral. Consultar el padrón electoral
Antes de la votación, es fundamental verificar el padrón:
Confirma los datos personales, el establecimiento de votación y la mesa asignada. Los jóvenes de 16 y 17 años deben haber actualizado su DNI antes de los 15 años para figurar en el padrón. En caso de errores o cambios de domicilio recientes, se puede hacer un reclamo durante el período establecido por la Cámara Nacional Electoral. Consultar el padrón con anticipación ayuda a evitar confusiones el día de la elección y asegura el cumplimiento del deber cívico sin inconvenientes.