Facilitan importación y exportación de chatarra y residuos no peligrosos
La medida apunta a facilitar el abastecimiento de insumos para la producción, así como su reutilización y reciclado en el marco de la Economía Circular
El Gobierno fijó una serie de lineamientos tanto para la importación definitiva o temporaria como para la exportación de residuos no peligrosos valorizados, con el objeto de asegurar su aprovechamiento y facilitar el abastecimiento como insumos para la producción industrial, así como para el reciclado de materiales en el marco de la Economía Circular.
Así lo dispuso a través del decreto 1/2025, publicado hoy en el Boletín Oficial, que deja sin efecto las disposiciones establecidas en los decretos 1040/2020 y 70/2023 que, a pesar de tener la misma numeración que el DNU previo a la ley de Bases, corresponde a la Presidencia de Alberto Fernández y fue promulgado el 10 de febrero de ese año.
Qué clase de residuos son
La denominación de esa clase de residuos remite a los que no son peligrosos para la salud ni el ambiente y que se utilizan como materia prima de otros procesos productivos, como pueden ser plásticos, cartones o metales.
Es por eso que el artículo 1 del decreto se especifica que se trata de “residuos no peligrosos que hayan sido sometidos a una operación de valorización, a partir de la cual se obtengan materiales que serán utilizados como insumo para un proceso productivo determinado, o un producto de uso directo”.
Asimismo, se indica que “no estará permitida la importación de aquellos residuos no peligrosos que, habiendo sido sometidos a una operación de valorización, pretendan tener como objetivo la valorización energética y/o su disposición final”.
En cuanto a la exportación de esa clase de residuos, se aclara que “no estará sujeta a prohibiciones y debe ajustarse al cumplimiento del Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación”.
Fin a las restricciones
La nueva norma deroga los decretos mencionados de 2020 y 2023, que suspendieron las exportaciones de residuos industriales valorizados. Pese a que el propósito de esa suspensión fue el de “mantener una fluida disponibilidad de materia prima para la industria nacional”, el Gobierno aseguró que se distorsionaron “los precios de mercado” de esos materiales, lo que impactó “negativamente en las inversiones públicas o privadas en infraestructura de recupero, reciclaje y valorización de desechos”.
“Además de ello, también se ha desincentivado la separación en origen, recolección y puesta en valor de residuos en todo el país, con un fuerte incremento en el desarrollo de microbasurales y basurales en todo el país”, cuestionó.
Por otra parte, desde entonces se advirtió que “algunos sectores industriales no logran abastecer sus requerimientos de residuos no peligrosos valorizados, en parte, porque las restricciones al libre mercado de las materias primas secundarias generan bajas tasas de recupero”.
El posteo de Sturzenegger
La medida fue anticipada el 1 de enero mediante un posteo del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien la valoró como “el triunfo de la libertad por sobre el lobby” y remarcó que la prohibición (refiriéndose sólo a la exportación) “era nociva por varios motivos”.
“Al deprimir el precio local de los desechos desincentivaba el reciclado. Pero era nociva, sobre todo, porque prohibía un sinfín de negocios de reciclado para amplísimos sectores de la economía”, sostuvo, para poner como ejemplo a los “cables de cobre desechados por las telefónicas, que tienen un activo mercado para reciclado en el exterior” y que “no podían exportarse”.
El presidente @JMilei ha dicho en reiteradas oportunidades que el poder del Estado no se debe usar para redistribuir arbitrariamente ingresos entre los actores de un mercado. Por ello ayer decidimos no renovar los alcances de los decretos 1040/20 y 70/23 (no confundir con DNU…
— Fede Sturzenegger (@fedesturze) January 1, 2025
Sturzenegger aseguró en su posteo que la normativa que ahora fue derogada “beneficiaba a los procesadores de dicha chatarra, pero perjudicando a quienes la producían (típicamente empresas más pequeñas de reciclado), al tiempo que se perdían centenas de negocios de valorización de residuos”.
El funcionario explicó que la norma original “fue de julio de 2009 y se pensaba que duraría 180 días. Pero como en Argentina todo lo transitorio tiende a convertirse en permanente se renovó con los decretos 2261/09, 901/10, 1513/12, 374/14, 1102/15 (Cristina), 823/16, 848/17, 970/18, 664/19 (Macri), 1040/20 y 70/23 (Alberto)”.
Economía Circular
En los considerandos de decreto, el Gobierno destacó “la tarea desarrollada por las empresas recicladoras y los recuperadores urbanos”, así como “la importancia de la economía circular como solución virtuosa, en la que estos desechos, una vez recuperados, acondicionados y puestos en valor, puedan ser utilizados como recursos para reingresar al sistema productivo, favoreciendo su gestión integral y mejorando la competitividad de la industria nacional”.
“Una importante gama de industrias argentinas requiere del libre acceso, en forma ágil y sin restricciones administrativas, a residuos no peligrosos valorizados -siempre que cumplan con las normas internas en lo que hace a su composición, estado, humedad, limpieza/suciedad, empaque y otros-, que en gran parte de los casos están estandarizados, tanto a nivel internacional como en el país”, planteó.
Al respecto, señaló que al 11 de marzo de 2024 “se registraron consultas respecto a la disponibilidad de materiales por un total de 77.435 toneladas”, pero solamente el 3,97% contó con oferta local disponible.