MEDIDAS
La Ciudad ELIMINA un IMPUESTO a jubilados con un simple trámite
A partir de agosto, un grupo de jubilados y pensionados podrá dejar de pagar un importante impuesto. Conocé los detalles
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires anunció una nueva medida que beneficiará a miles de jubilados y pensionados. La legisladora Graciela Ocaña promovió un proyecto que elimina el pago del impuesto de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) para adultos mayores.
Atención jubilados: a quiénes beneficia la medida
La exención del impuesto ABL estará disponible para los jubilados y pensionados que reciban menos de 15 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), es decir, menos de $3.514.725. Esta medida representará una mejora del 21% en sus haberes.
Qué requisitos debo cumplir para hacer el trámite Debes estar viviendo en el inmueble No podés ser titular de otro inmueble Debes percibir un haber igual o menor al doble del salario mínimo vital y móvil, o hasta dos veces y media de la jubilación mínima, lo que resulte mayor (es decir, hasta $563.636,05) Tenés que ser propietario, condómino o beneficiario del derecho de uso de un único bien inmueble destinado a vivienda propia. La valuación del inmueble no debe superar el importe establecido por la Ley Tarifaria.
Cómo realizar el trámite para dejar de pagar el ABL
Para dejar de pagar el ABL, los jubilados y pensionados deberán realizar la solicitud con estos simples pasos:
Ingresar a la página de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP). Seleccionar la opción "Solicitud de Exención Jubilados y Pensionados" Completar el formulario con los datos personales necesarios, incluyendo el número de partida inmobiliaria y la ubicación del inmueble. Qué documentación necesito para hacer el trámite Copia del último recibo de haber jubilatorio o pensión. Título de la propiedad: escritura traslativa de dominio del inmueble o declaratoria de herederos cuando corresponda. Contrato de locación: si es inquilino, presentar el contrato de locación vigente. DNI del beneficiario. Último comprobante de pago del impuesto. Formulario de solicitud de exención: disponibles en el sitio web de AGIP. Escritura de usufructo, en caso de requerirla. Seguinos en Google Noticias para estar siempre informado