La Corte avaló al Gobierno porteño y eximió de pagar la indemnización por Costa Salguero
El Máximo Tribunal puso fin a una disputa de 25 años y confirmó que la Ciudad tenía poder de policía sobre el predio, aun cuando era de dominio nacional
La Corte Suprema de Justicia puso fin a un conflicto de más de dos décadas al fallar a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y eximirlo de pagar una indemnización millonaria a la empresa Border’s Parking, cuya obra para un megaproyecto en Costa Salguero fue clausurada en 1999 por carecer de permisos.
El litigio comenzó en diciembre de 1988, cuando la Administración General de Puertos (AGP) firmó con la empresa Telemetrix S.A. un contrato para desarrollar un complejo sobre terrenos ganados al río, en la zona de Rafael Obligado y Jerónimo Salguero. El plan contemplaba un centro de convenciones, un hotel internacional y áreas deportivas y comerciales. Telemetrix subcontrató a Border’s Parking S.R.L. para construir una playa de estacionamiento, locales y oficinas.
En julio de 1999, el Gobierno porteño clausuró tres obras en construcción y ordenó su demolición al constatar que no contaban con habilitaciones locales. En julio de 2001, la Nación transfirió a la Ciudad el dominio del predio, y en octubre de ese mismo año Border’s Parking demandó al Gobierno porteño y a la AGP por daños y perjuicios.
El argumento de la empresaLa compañía alegó que, al tratarse de una concesión otorgada por la AGP —ente nacional—, la Ciudad no podía intervenir ni exigirle permisos locales. Según su planteo, las clausuras implicaban una intromisión en competencias federales y vulneraban el principio de seguridad jurídica.
La Corte, sin embargo, rechazó ese argumento. Sostuvo que la concesión no implicaba un "cheque en blanco" y que las actividades comerciales proyectadas no tenían relación alguna con el funcionamiento portuario. En consecuencia, estaban sujetas al Código de Edificación y al control urbano de la Ciudad.
El poder de policía y la competencia localEl Máximo Tribunal reafirmó la potestad de la Ciudad para ejercer su poder de policía —es decir, su facultad constitucional para regular el orden, la seguridad y la moralidad pública— incluso sobre bienes del dominio nacional, siempre que no se afecte la competencia federal.
"No se observa ninguna razón que autorice a desconocer la competencia del gobierno local para requerir a la actora la habilitación de la infraestructura comercial, aun en el supuesto de que se tratara de un bien del dominio de la Nación", afirmó la sentencia.
Los votos y el cierre del litigioEl fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, junto a los conjueces Mirta Delia Tyden y Santiago Corcuera. Rosatti y Tyden elaboraron un voto con enfoque constitucional, mientras que Rosenkrantz y Corcuera coincidieron con el dictamen de la Procuración General. Ricardo Lorenzetti se excusó.
Dado el tiempo transcurrido desde el inicio de la causa, la Corte resolvió rechazar en forma definitiva la demanda de Border’s Parking y revocar la indemnización otorgada. Así, el Tribunal cerró una disputa judicial que se extendió por más de 25 años y ratificó la validez de la intervención del Gobierno porteño en el predio de Costa Salguero.