Las economías regionales no pagarán retenciones y se limita la suba de alícuotas
A partir de los reclamos de las provincias, el Gobierno finalmente dio marcha atrás con los derechos de exportación de economías regionales. Qué dice el nuevo texto
El texto final del paquete legislativo que discute el Congreso Nacional eliminó la aplicación de derechos de exportaciones para las economías regionales, sin discriminación y limita la discrecionalidad del Poder Ejecutivo para modificar alícuotas.
"Se establecen en 0% para las economías regionales. A su vez, se elimina la facultad del Poder Ejecutivo de poder subir los derechos de exportación. Solamente se mantiene la facultad para poder reducirlas", indica el nuevo texto que llegó este lunes al Congreso nacional.
El texto referido establece: "Fíjase en un CERO POR CIENTO (0%) la alícuota de derecho de exportación para todas las mercaderías correspondientes a los complejos exportadores" de economías regionales. Agrega que "el Poder Ejecutivo Nacional identificará las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur correspondientes a cada complejo exportador".
Soja y maíz, qué pasa con las retencionesEn cuanto a las retenciones al complejo agroindustrial, si bien no lo menciona en forma explícita en el cuerpo central, establece que el Gobierno tendrá facultades para reducir las alícuotas, pero no para aumentarlas.
De todos modos, advierte que se reducirán siempre y cuando no afecten la recudación e impacten en el esquema fiscal.
Lo indica del siguiente modo:
Se delega en el Poder Ejecutivo Nacional la facultad de reducir la alícuota de los derechos de exportación de todas aquellas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR hasta 0%. El objeto es estimular, en virtud de las circunstancias económicas imperantes, el desarrollo de determinados sectores siempre que no se comprometa la sostenibilidad fiscal Las facultades a las que se refiere este artículo sólo podrán ser ejercidas previo informe técnico, debidamente fundado, del Ministerio de Economía. El Poder Ejecutivo Nacional podrá ejercer estas facultades hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.