No todo es baja de impuestos: el Gobierno busca levantar la exención del IVA a diarios y revistas
El artículo 64 del proyecto presentado por Milei excluye a diarios, publicaciones periódicas y las suscripciones digitales online de la exención, en un nuevo intento luego de los fallidos de 1997 y 2024
El proyecto de ley de Presupuesto 2026 incluye un artículo que se aparta de la política de reducción de impuestos defendida por el Gobierno, ya que excluye de la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a diarios, publicaciones periódicas y las suscripciones digitales de ediciones periodísticas en línea.
La iniciativa en un nuevo intento de avanzar en ese aspecto, luego de los frustrados en 1997 durante la Presidencia de Carlos Menem y en 2024, en la gestión del presidente Javier Milei.
En el marco de los anuncios que el Gobierno realiza permanentemente en favor de la reducción de alícuotas y eliminación de impuestos, la iniciativa apunta en el sentido contrario, al aumentar la carga tributaria general, en tanto no se contemple una disminución del 21% que rige para el IVA desde marzo de 1995.
El cambio de texto
La propuesta que el Poder Ejecutivo puso a consideración del Congreso supone una modificación del texto ordenado de la ley de IVA contemplado en el decreto 280/1997, que incluye entre las exenciones a “libros, folletos e impresos similares, incluso en fascículos u hojas sueltas, que constituyan una obra completa o parte de una obra, y diarios, revistas y publicaciones periódicas, así como las suscripciones de ediciones periodísticas digitales de información en línea”.
Esas exenciones abarcan a “toda la cadena de comercialización y distribución, en todos los casos cualquiera fuere el soporte o el medio utilizado para su difusión, excepto los servicios de distribución, clasificación, reparto y/o devolución de diarios, revistas y publicaciones periódicas que sean prestados a sujetos cuya actividad sea la producción editorial”.
El artículo 64 del proyecto de ley de Presupuesto que Milei presentó por cadena nacional de radio y televisión el 15 de septiembre modifica ese texto, incluido en el inciso a) del artículo séptimo del texto ordenado de la ley de IVA.
La nueva redacción limita las exenciones a “libros, folletos e impresos similares, incluso en fascículos u hojas sueltas, que constituyan una obra completa o parte de una obra”, pero no incluye referencia alguna a "diarios, revistas y publicaciones periódicas, así como las suscripciones de ediciones periodísticas digitales de información en línea”.
El levantamiento de la exención pasa desapercibido por tratarse de la eliminación de parte de un texto -es decir, el levantamiento de las exenciones se infiere por no estar incluido en el listado de beneficios-, pero además no se hace mención a esa iniciativa en el mensaje que acompaña a la presentación del proyecto de ley.
Los antecedentes
A medio siglo de su entrada en vigencia, el IVA mantiene una serie de beneficios específicos, como los concedidos a regímenes promocionales, alícuotas diferenciadas y exenciones, que en su conjunto forman parte del denominado “costo tributario” y que el proyecto de Presupuesto 2026 estima en un total de $35 billones.
En el caso específico de diarios y periódicos, el ex ministro de Economía, Roque Fernández, buscó levantarles la exención en medio del paquete impositivo presentado en 1997, que finalmente el Congreso aprobó con algunas modificaciones, entre ellas la permanencia de ese beneficio.
El 21 de octubre del año pasado, el vocero presidencial, Manuel Adorni, anunció la eliminación de esas exenciones, para que los sujetos involucrados pasasen a tributar el IVA “sin ninguna ventaja con respecto al resto de los actores económicos”.
Por entonces, Adorni dijo que la medida iba a implicar una recaudación adicional de $264.000 millones.
Un año después, el Gobierno retoma la iniciativa, aunque no por medio de un proyecto de reforma impositiva sino incluyéndola en uno de los artículos de la ley de Presupuesto.