Por un nuevo impuesto, tener Netflix o pedir un Uber va a ser más caro en esta provincia

Santa Fe aplicará desde julio una percepción de hasta 4,5% sobre servicios digitales contratados desde el exterior. Alcanzará a plataformas como Netflix, Spotify y Uber

BAE Negocios

A partir del 1 de julio, quienes vivan en Santa Fe y usen servicios digitales provistos desde el exterior pagarán un nuevo tributo provincial. La Administración Provincial de Impuestos (API) estableció un régimen de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que alcanzará a plataformas como Netflix, Spotify, Uber y otras sin domicilio fiscal en Argentina.

Según la Resolución General N.º 30/2025, la medida se aplicará exclusivamente a consumos que tengan como destino económico el territorio santafesino. Esto incluye operaciones realizadas desde dispositivos físicos en la provincia, aunque el proveedor se encuentre en el extranjero.

Cómo será el nuevo esquema impositivo

La normativa dispuso dos alícuotas:

3% para servicios de suscripción digital, como Netflix o Spotify. 4,5% para el resto, incluyendo transporte, como Uber.

El impuesto será percibido por emisores de tarjetas de crédito, débito y billeteras virtuales al momento de realizarse el pago. En tarjetas de crédito, el cargo se hará al emitirse el resumen; en tarjetas de débito o billeteras, en la fecha del débito.

Los montos deberán figurar en los extractos, junto con el CUIT del agente de percepción y datos que identifiquen la operación. El objetivo, según el gobierno provincial, es garantizar “la trazabilidad fiscal de cada transacción”.

Qué servicios quedan afuera del impuesto

La resolución no alcanza a plataformas radicadas en Argentina, como Disney+, Google, Facebook o Cabify, que ya tributan Ingresos Brutos en forma regular. El esquema tampoco afectará a usuarios que ya pagan este tributo como contribuyentes locales o estén expresamente excluidos por la normativa.

Justificaciones del gobierno y posibilidad de reintegro

El Ejecutivo santafesino sostuvo que la medida busca “corregir asimetrías” entre empresas extranjeras y locales. En palabras oficiales, “existe una situación de competencia desleal” porque las primeras eluden tributos provinciales que las segundas sí pagan.

Como novedad, la provincia permitirá que los usuarios soliciten la devolución del monto percibido o lo imputen como crédito fiscal para pagar otros impuestos provinciales, como Inmobiliario o Patente. Este trámite se realizará a través del Sistema de Gestión de Devoluciones, implementado por la API mediante la Resolución General N.º 19/2025.

Control, declaraciones y sanciones

Los agentes de percepción deberán informar mensualmente todas las operaciones alcanzadas, y presentar las declaraciones juradas según los plazos de la API. La omisión podrá derivar en sanciones y en la obligación de ingresar el impuesto no percibido.

El sustento legal de la medida se encuentra en el artículo 51 del Código Fiscal provincial, que autoriza a la API a designar agentes de percepción, y en normas complementarias sobre utilización económica de servicios digitales.

Impacto en el precio final

Aunque la normativa no obliga a las plataformas a desagregar el impuesto en sus precios publicados, el impacto podría reflejarse en el valor final pagado por el usuario, sobre todo si las empresas optan por trasladar el tributo al consumidor.

La percepción fue publicada en el Boletín Oficial del 17 de junio. Con esta medida, Santa Fe se suma al conjunto de provincias que buscan adaptar sus sistemas fiscales al funcionamiento de la economía digital.

 

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