Asistencia económica

Programa de $20.587: ¿Quiénes pueden acceder?

El Ministerio de la Mujeres, Géneros y Diversidad creó un plan de apoyo y acompañamiento para personas en situación de riesgo por violencia por motivos de género que entregará Anses

BAE Negocios

La Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) informó en 2020 el lanzamiento de un nuevo programa social de $20.587, el denominado Plan Acompañar, que consta de una ayuda económica equivantete a un Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) durante seis meses consecutivos. Pero, ¿quiénes pueden cobrarlo?.

El programa, que fue diseñado en 2020, está destinado a mujeres y personas LGTBIQ+ que sean víctimas de violencia de género con el fin de que estas personas obtengan autonomía, con un apoyo económico.

 

Plan Acompañar Se puede solicitar el apoyo económico a partir de los 18 años.

Pueden solicitar el apoyo económico la persona residente en el país que sea:

ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada; o extranjera con residencia legal en la República Argentina por un periodo de 1 año anterior a la solicitud.   Programa de $20.587

El apoyo económico es una suma de dinero no reintegrable, de carácter personal, no renovable y no contributiva del valor de un salario mínimo vital y móvil. Se pagará durante seis meses consecutivos. La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) tendrá a su cargo el pago del apoyo económico del Programa "ACOMPAÑAR".

El apoyo económico se puede cobrar si recibís:

asignación universal por hijo o hija; asignación universal por embarazo para protección social; asignación por hijo o hija con discapacidad; monotributo social, ingreso familiar de emergencia (IFE), y También se puede cobrar el apoyo económico si tenes trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. Quiénes no pueden cobrarlo: No se puede recibir apoyo económico del Programa Acompañar si recibís: ingresos por trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado; monotributo; o régimen de autónomos; subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo o capacitación otorgado por el Estado Nacional; jubilaciones, pensiones, o retiros de carácter contributivo o no contributivo; pensión Universal para el adulto mayor ; prestación por desempleo.   ¿Cómo puedo acceder al Programa Acompañar?

El ingreso al Programa Acompañar será mediante la Unidades de Ingreso, Acompañamiento y Seguimiento local o provincial.

Unidades de acompañamiento:

Podrán encontrarlas en:

¿Se necesita denuncia previa?

No es requisito presentar denuncia.

¿Cuál es el monto mensual del apoyo económico?

El monto mensual del apoyo económico corresponde a un salario mínimo vital y móvil, el mismo será otorgado durante 6 meses.

¿Puedo acceder más de una vez?

El ingreso al Programa Acompañar será otorgado por única vez.

Si cobro IFE, ¿puedo acceder igual al programa?

El Programa es compatible con el Ingreso Familiar de Emergencia.

¿A partir de qué edad se puede acceder al Programa?

Personas mayores de 18 años, hasta los 65 años.

¿Es compatible con el Programa Potenciar Trabajo?

Ambos programas en simultáneo serán incompatibles.

¿Si cobro Asignación Universal por Hijo (AUH), puedo acceder al Programa Acompañar?

Es posible acceder al Programa, la AUH es compatible.

¿Dónde puedo escribir para pedir más información o inscribirme?

El ingreso no será mediante inscripción, sino a través de la evaluación del riesgo por situación de violencia por motivos de género realizado por la Unidad de Ingreso, Acompañamiento y Seguimiento local o provincial. Allí podrán brindar más información.

¿Se puede tramitar a través de la Línea 144?

Desde la Línea 144 solo podrán asesorar para indicar cuál es la unidad más cercana al domicilio de quien consulta.

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