¿Qué es el Monotributo Social y quiénes pueden acceder?
Además de monotributo tradicional, hay otro para personas de bajos recursos que pagan menos impuestos
El monotributo es un régimen para pequeños contribuyentes, que unifica el pago de IVA y Ganancias con los aportes jubilatorios y la obra social. De esta manera, se paga solamente una cuota mensual y agiliza el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
El monto a abonar todos los meses dependerá de la categoría asignada en función de los parámetros establecidos para la facturación anual, la superficie afectada a la actividad, la energía eléctrica consumida y los gastos de alquiler del local comercial, si lo hubiera. Consultá como quedaron los montos con los recientes cambios dispuestos por AFIP.
Lo que hay que saber es que hay un "monotributo social" para aquellos que no cuentan con un gran capital económico para desarrollar un negocio o si la principal fortaleza es el capital humano.
Monotributo: más noticias ¿Qué es el monotributo social?A diferencia del monotributo común, en el monotributo social está subsidiado el 100% del pago del componente impositivo y del previsional, y el 50% de la obra social. Por lo tanto, un monotributista social paga únicamente el 50% restante de lo que corresponde a la obra social.
Además, el monotributo social es compatible con otros programas como:
Asignación Universal por Hijo (AUH) Asignación por Embarazo (AUE) Jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo Programas de inclusión social del Ministerio de Desarrollo Social¿Quiénes pueden ser monotributistas sociales?
Pueden inscribirse en el monotributo social quienes realicen una única actividad económica independiente, trabajen en relación de dependencia percibiendo un salario bruto inferior al haber previsional mínimo o formen parte de una cooperativa de trabajo con un mínimo de 6 asociados.
Requisitos Tener más de 18 años. Realizar una única actividad económica. Contar con un ingreso bruto anual inferior a $ 6.450.000 Ser propietario de hasta 2 bienes inmuebles, siempre que uno de ellos se encuentre afectado al emprendimiento productivo. Ser propietario de hasta un máximo de 3 bienes muebles registrables. No ser profesional universitario en ejercicio de tu profesión como actividad económica. No ser empleador ni titular de acciones o cuotas partes de sociedades comerciales. Contar con que provengan solo de la actividad económica declarada, sin tener en cuenta las prestaciones compatibles que otorgan los organismos nacionales, provinciales o municipales. Las cooperativas de trabajo (pueden ser antiguas empresas recuperadas que hayan sido traspasadas a los trabajadores y trabajadoras), deben tener 6 asociados como mínimo.