Reintegros: el Gobierno impone cambios

Futuras divisas

BAE Negocios

El Gobierno dispuso que el pago de reintegros a la exportación estará sujeto a que las empresas "hayan previamente ingresado al país y/o negociado en el mercado de cambios las correspondientes divisas". La decisión se tomó por medio de un decreto publicado en el Boletín Oficial.

"Establécese que el pago de los estímulos a la exportación previstos en el Código Aduanero estará sujeto a que los exportadores hayan previamente ingresado al país y/o negociado en el mercado de cambios las correspondientes divisas de acuerdo con la normativa vigente", indicó el texto oficial.

El régimen de reintegros permite la restitución total o parcial de los importes que los exportadores abonaron en concepto de "tributos internos".

El cobro de exportaciones debe ser liquidado a los cinco días de ingresado el pago o 180 días después del permiso de embarque (15 días corridos en el caso de los commodities).

La medida no afecta a las exportaciones de granos dado que no reciben ningún tipo de reintegros, pero si por ejemplo a la harina de trigo. Desde la industria manifestaron que la medida es "inocua".

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