Restricciones del fin de semana: cuáles son las medidas de confinamiento estricto de sábado y domingo
Las medidas estarán vigentes para todas las zonas del país que se encuentren en "alarma" o en "alto riesgo" epidemiológico, lo que incluye el AMBA y los principales centros urbanos del interior del país
Con el objetivo de contener la segunda ola de coronavirus en Argentina, vuelven a regir durante este fin de semana en buena parte del país las medidas de confinamiento estricto que estuvieron vigentes hasta el 30 de mayo y que incluyen la permanencia en el domicilio, el cierre de comercios no esenciales y la prohibición a la circulación a partir de las 18, entre otras.
El DNU 334/2021, que Alberto Fernández firmó el 22 de mayo pasado, extendió hasta el 11 de junio las restricciones que rigieron desde el 16 de abril, pero estableció que entre el 22 y el 30 de mayo, y durante este fin de semana del sábado 5 y domingo 6 de junio, regirían medidas de confinamiento estricto, similar a la cuarentena de la fase 1 que estuvo vigente durante los primeros meses de pandemia en 2020.
Estas medidas estarán vigentes para todas las zonas del país que se encuentren en "alarma" o en "alto riesgo" epidemiológico, lo que incluye el AMBA y los principales centros urbanos del interior del país.
Punto por punto, ¿qué se puede hacer y qué no se puede hacer? Se restringe la circulación en todas las zonas del país que se encuadren en Alto riesgo o en Alarma epidemiológica. Quedan suspendidas las actividades sociales, económicas, educativas, religiosas y deportivas en forma presencial. Estarán habilitados los comercios esenciales, los comercios con envío a domicilio y para llevar. Sólo se podrá circular en las cercanías del domicilio, entre las 6 de la mañana y las 18, o por razones especialmente autorizadas. Todas las personas exceptuadas de la prohibición de circular, deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19”. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.
Permanencia en domicilios: las personas deberán quedarse en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios.