Organismos públicos avanzan con la compra de Letras defaulteadas
El Gobierno reglamentó ayer la norma decretada a fines de septiembre, que obliga a organismos estatales y empresas públicas a invertir sus excedentes en las Letes que fueron defaulteadas.
Así, Hacienda aprobó las reglas y procedimientos para las inversiones previstas en el decreto 668, publicado el 27 de setiembre último, que dispuso que hasta el 30 de abril de 2020 todo el sector público nacional sólo podrá invertir sus excedentes transitorios de liquidez en Letras precancelables emitidas a un plazo que no exceda los 180 días por el Tesoro Nacional.
Lo hizo a través de la resolución conjunta 66/2019 de las secretarías de Hacienda y de Finanzas, que indicó que todo flujo de ingresos obtenido a partir del cobro de interés o capital de instrumentos de deuda pública o Letes emitidos por el Tesoro Nacional será destinado, respetando la moneda de origen, a la suscripción de las Letras del Tesoro precancelables en pesos y dólares.
Precisó que si la percepción de dichos servicios resultara menor a $300 millones, o a US$5 millones, el cumplimiento quedará dispensado. La medida incluye a las jurisdicciones y entidades de administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional, así como la totalidad de las empresas, entes y fondos fiduciarios, y los fondos y patrimonios de afectación específica administrados por cualquiera de los organismos públicos.