Quien cobre con medios electrónicos deberá aceptar todas las tarjetas de débito
El Pago Electrónico Inmediato (PEI), el Botón de Pago y la Billetera Electrónica se suman a los medios de pago electrónicos habilitados. A partir de 2020, quienes cobren a través del código QR podrán rechazar las tarjetas
Los comercios que utilicen medios de pago electrónicos deberán aceptar desde hoy el pago con todas las tarjetas de débito, independientemente del operador al que pertenezcan.
Así lo dispuso por medio de un decreto el Gobierno nacional, que además amplió las alternativas para realizar pagos de forma electrónica al sumar las transferencias de pago electrónico inmediato (PEI), el Botón de Pago y la Billetera Electrónica.
El titular de la AFIP, Leandro Cuccioli, destacó la relevancia del decreto 933/18 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, al considerar que contribuye a la formalización de la economía y que impulsa a la inclusión financiera no bancaria.
Según Cuccioli, esta decisión "dará a los comerciantes más herramientas para cumplir con la obligación de ofrecer medios de pago electrónicos y más opciones para el contribuyente" a la hora de abonar un producto o servicio.
La norma establece que todas las terminales deben aceptar el pago de todas las tarjetas de débito, independientemente del operador al que pertenezcan.
La AFIP recordó que había disminuido en un 50% las retenciones del IVA y Ganancias en todas las operaciones con tarjetas de débito. Finalmente la normativa elevó de 10 a 100 pesos el monto mínimo para las operaciones.
El código QR, la nueva tarjeta de débito
El decreto también incorporó el código de respuesta rápida (QR) como medio de pago alternativo a partir del 2020. "El camino para luchar contra la evasión es formalizar las transacciones. Este es un paso en esa dirección", agregó el funcionario.
De esta manera, habilitará "los pagos que puedan realizarse a través de la utilización de códigos de respuesta rápida (QR) que utilicen el estándar establecido por la normativa del Banco Central" y estableció que son equivalentes a los pagos con tarjetas de débito.
"Los contribuyentes que acepten pagos a través de la utilización de los mencionados códigos (QR) no estarán obligados a aceptar, de manera adicional, los otros medios de pago dispuestos", establece el artículo 2° del decreto que modifica la Ley N° 27.253, que entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2020.
"Algunos de estos cambios ya habían sido implementados a través de otras normas administrativas, pero ahora cobran mayor fuerza legal a través de este decreto firmado por el Presidente", dijo la AFIP en un comunicado.