AFIP: Repro II y Créditos a Tasa Subsidiada de diciembre se habilitan para la inscripción
Las empresas podrán postularse a estos planes para hacer frente a los salarios del último mes del año a partir del miércoles y hasta la semana que viene. Qué requisitos se necesitan para cada uno de estos programas del ATP
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitará este miércoles el sistema para que las empresas que tramitan los Repro II y los créditos a tasa subsidiada puedan inscribirse para hacer frente al pago de los salarios de diciembre, en el marco del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).
Los empleadores tendrán tiempo para inscribirse en la web de AFIP desde el 30 de diciembre de 2020 hasta el 8 de enero de 2021, inclusive.
Qué empresas pueden pedir el Repro II o el crédito a tasa subsidiada
Podrán optar entre tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27% o solicitar el Repro II, que instrumenta el Ministerio de Trabajo, las empresas que no desarrollan actividades críticas y registran una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de noviembre de 2020 y 2019.
Los empleadores que decidan tramitar el Repro II deberán recabar y presentar a través del servicio web Programa ATP el último balance junto con un conjunto de datos económicos sobre la empresa. La información es requerida por el Ministerio de Trabajo.
Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la preselección, las empresas postulantes para cobrar el Repro II serán evaluadas considerando un conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales, calculados para los últimos tres meses desde la fecha de inscripción y para los mismos meses del año anterior. Los indicadores son los siguientes:
Variación porcentual interanual de la facturación.
- Variación porcentual interanual del IVA compras.
- Endeudamiento en 2020 (pasivo total / patrimonio neto).
- Liquidez corriente en 2020 (activo corriente / pasivo corriente).
- Variación porcentual interanual del consumo de energía eléctrica y gasífera.
- Variación porcentual interanual de la relación entre el costo laboral total y la facturación.
- Variación porcentual interanual de las importaciones.
- Un comité interministerial, conformado por representantes de los Ministerios de Trabajo, Economía y Desarrollo Productivo, y la AFIP, establecerá mensualmente los parámetros que las empresas deberán reunir para acceder al beneficio programa.
Qué empresas podrán obtener solo el crédito a tasa subsidiada
Las empresas no afectadas en forma crítica que registran una variación nominal positiva en su facturación de 0% a 35% podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%.
Los créditos contarán con un período de gracia de 3 meses y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas. Las empresas que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito a través del FONDEP.
De cuánto es el Repro II y qué características tiene
El monto del beneficio consiste en una suma mensual de $9.000 por cada relación laboral activa del sujeto empleador alcanzado por el programa. Esa suma se entregará por el correr de dos meses, y las empleadoras y los empleadores podrán inscribirse nuevamente al Programa, durante el último mes de vigencia del beneficio.
En el caso que la remuneración neta percibida por el trabajador o la trabajadora sea inferior a dicho valor, el subsidio será igual a la remuneración neta (que se determinará aplicando el 83%- a la remuneración total declarada en el Formulario F-931 de la AFIP).
Repro II: Qué documentación deberán presentarLos empleadores que, al concluir el período de inscripción, decidan tramitar el Repro II, deberán recabar y presentar a través del servicio web "Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP" el último balance (si correspondiera) y un conjunto de datos económicos de la empresa, requeridos por del Ministerio de Trabajo.
Esta información será solicitada al finalizar el período de inscripción; sin embargo, la AFIP aclaró que las empresas podrán comenzar a producir la documentación en forma anticipada.
¿Cómo tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada?
El sistema para tramitar los créditos a tasa subsidiada será habilitado el 30 de diciembre. El proceso para acceder al financiamiento se inicia a través del sitio web de la AFIP. Los empleadores habilitados ingresarán con clave fiscal al servicio "Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción" donde deberán seleccionar la opción Crédito a Tasa Subsidiada.
El sistema determinará e informará el monto máximo al que puede acceder cada empleador. Los contribuyentes deben ingresar una dirección de correo electrónico ya que el trámite se finaliza en la entidad bancaria seleccionada.
Qué es el Programa ATP
Según especificó la AFIP, "el Programa ATP forma parte de las distintas políticas implementadas por el Gobierno para amortiguar el impacto económico de la pandemia. La posibilidad de acceder a cada uno de los beneficios depende del tipo de actividad desarrollada por la empresa y/o la variación nominal en su nivel de facturación".
"Para hacer frente a las distintas realidades que atraviesa el entramado productivo argentino en el marco de la pandemia del COVID-19, el Programa ATP complementó los Créditos a Tasa Subsidiada con los Repro II que instrumenta el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. La posibilidad de acceder a cada uno de los beneficios depende del tipo de actividad desarrollada por la empresa y/o la variación nominal en su nivel de facturación", agregó la entidad conducida por Mercedes Marcó del Pont en un comunicado.