AFIP: cómo hacer una factura electrónica
AFIP ofrece la opción de factura digital o electrónica que permite la gestión, almacenamiento e intercambio de comprobantes sin necesidad de su impresión
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ofrece la opción de factura digital o electrónica, que permite la gestión, almacenamiento e intercambio de comprobantes (sin necesidad de su impresión) que sirven para documentar que la operación de compra/venta/servicios se haya realizado correctamente.
Para gestionar la facturación se precisa de una clave fiscal para ingresar al sistema de AFIP, esta es una contraseña para que los usuarios puedan hacer trámites y es única e intransferible.
Recientemente, el Gobierno mediante la AFIP anunció que llevará a cabo una serie de sorteos que ofrecerán automóviles, motocicletas y electrodomésticos, con el fin beneficiar a una amplia franja de la población y fomentar el uso de tarjetas de débito.
AFIP: factura digital
Este medio de facturación digital de la AFIP permite la gestión, almacenamiento e intercambio de comprobantes por medios electrónicos, y se puede ejecutar con clave fiscal desde el servicio Comprobantes en línea, en la aplicación Facturador móvil y utilizando un Controlador fiscal.
Para cualquiera de las tres opciones, se debe tener como resguardo el talonario de factura manual ante contingencias que puedan ocurrir con los sistemas de emisión.
Para las operaciones con consumidores finales, la obligación de emitir factura electrónica se aplicará para todas las categorías de monotributo. Se puede optar por emitir factura electrónica o usar controlador fiscal, aun así se deben conservar los comprobantes manuales.
Los monotributistas de las categorías A, B y C, así como los monotributistas sociales, podrán emplear el Facturador para emitir sus comprobantes. Este sistema permite generar tiques a consumidores finales desde el celular.
¿Cómo hago una factura digital en AFIP?El paso a paso para realizar una factura digital en AFIP siendo monotributista es el siguiente:
Para quienes estén en el sector inmobiliario deberán emitir comprobantes electrónicos originales por ofrecer el servicio de administración de locaciones.
Además, se considerarán válidas las facturas o recibos emitidos a su nombre. Los comprobantes extendidos por los contribuyentes del sector inmobiliario deberán, también, indicar el apellido y nombres, CUIT y denominación o razón social de los beneficiarios por cuya cuenta y orden se percibe el importe de la locación.
Cuando el inmueble pertenece a más de un titular, la factura o el recibo podrá ser emitido a nombre de alguno de los condóminos, quien deberá ser siempre el mismo mientras perdure el condominio, correspondiendo además indicar en ese comprobante el apellido y nombre o denominación, y la CUIT de los restantes condóminos.
Para confeccionar las facturas, recibos, notas de crédito y notas de débito electrónicos originales, los sujetos obligados deberán solicitar el Código de Autorización Electrónico - CAE-.