¿Adiós a la indemnización? Reglamentan un nuevo régimen de Cese Laboral y fondos por despido
La CNV estableció el nuevo régimen opcional, que podrá definirse por sector, empresa e incluso en forma individual. Cómo son los fondos por despido
La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó el nuevo régimen especial para “Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral”, que podrá elegirse como alternativa a la tradicional indemnización por antigüedad, tanto en acuerdos colectivos por rama de producción como por empresa e incluso en forma individual.
La medida se dará a conocer de manera oficial el lunes próximo con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 1.071/2025, luego de recoger las opiniones y recomendaciones planteadas en la rueda de consultas que se abrió el 12 de mayo a través de la RG 1066/2025.
“El texto definitivo de la presente norma es el resultado de las opiniones y recomendaciones no vinculantes recibidas de distintos participantes del mercado y sectores interesados, de las cuales, luego de efectuado un análisis técnico en la materia, se ha considerado pertinente introducir modificaciones al proyecto sometido a consulta pública”, explicó la Comisión en un comunicado.
A diferencia del régimen de indemnización, en el “Cese Laboral” no tiene que mediar necesariamente el despido del empleado que, en caso de optar por el beneficio, podrá recibir los recursos ahorrados al término del vínculo con el empleador.
Ya estaba en la ley de Bases
El nuevo régimen se basa en los términos del decreto 847/2024, por el que se reglamentaron los capítulos de “Promoción del empleo registrado” y “Modernización laboral” de la ley 27.742 de Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos.
La resolución que se publicará la semana próxima reglamenta el Sistema de Cese Laboral, estableciendo un régimen alternativo acordado en el marco de las Convenciones Colectivas de Trabajo y que permite sustituir la indemnización por antigüedad prevista en el artículo 245 de la ley de Contrato de Trabajo 20.744, así como otros rubros indemnizatorios.
El Sistema de Fondo de Cese se establecerá por medio del Convenio Colectivo de Trabajo y deberá administrarse a través de Fondos Comunes de Inversión Abiertos (FCI) o Fideicomisos Financieros (FF) y, según lo indicado en el decreto, la CNV será la autoridad encargada de supervisar y controlar el cumplimiento de las disposiciones.
CNV y Ministerio de Desregulación
"Estamos orgullosos de presentar esta normativa, que trabajamos en conjunto con el ministro (de Desregulación y Transformación del Estado) Federico Sturzenegger y el equipo del Gobierno Nacional, y que además incorpora los aportes surgidos de la consulta pública”, declaró el presidente de la CNV, Roberto Silva.
En ese sentido, sostuvo que la nueva iniciativa “tiene potencial para transformar profundamente la forma en las que se implementan y acuerdan las indemnizaciones” y a la vez "impulsa la participación de inversores institucionales de largo plazo en el mercado de capitales”.
"A través de estas medidas promovemos los valores de la libertad en Argentina e impulsamos el desarrollo del mercado de capitales”, completó.
Fondos de despido: cómo funciona el nuevo régimen de Cese Laboral
El nuevo régimen de Cese Laboral propone que las cuotapartes o los valores fiduciarios podrán ser definidos a nivel individual, empresa o sectorial.
Al respecto, las partes podrán establecer libremente el porcentaje de la remuneración o monto fijo que aportará el empleador para dicha cuenta individual o colectiva y la periodicidad de ese aporte.
El Fondo de Cese Laboral será inembargable y los instrumentos creados bajo este régimen solamente podrán
recibir suscripciones en el marco de contribuciones y/o aportes de empleadores y/o trabajadores.
En caso de aporte por parte de los empleadores, las cuotapartes y los valores fiduciarios estarán cedidos con condición suspensiva a favor de los trabajadores, de la empresa o del sector.
Respecto de las particularidades de cada instrumento o vehículo, en el caso de los FCI creados bajo esta normativa, sus órganos podrán determinar libremente tanto las políticas y los objetivos de inversión, como la nómina de activos elegibles, dentro de las reglas de diversificación aplicables a los Fondos Comunes de Inversión Abiertos, debiendo ajustar los textos reglamentarios de acuerdo con las características del régimen.
Una vez efectivizado el cambio de titularidad de las cuotapartes a favor del trabajador, este podrá disponer libremente de ellas, pero no podrá realizar nuevas suscripciones.
En cuanto a los FF, no será obligatorio preparar, presentar ni publicar un prospecto o suplemento de prospecto en el sitio web de CNV; las políticas de inversión deben ser consistentes con la naturaleza del régimen y objeto del vehículo; se admitirá la incorporación de fiduciantes y podrán emitirse valores fiduciarios adicionales.
¿Adiós a la indemnización?
La indemnización por despido no se elimina con el nuevo régimen aprobado por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Lo que se incorpora es una alternativa: los llamados “Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral”. Esta opción podrá ser elegida en lugar de la indemnización tradicional, siempre que exista un acuerdo previo, ya sea por convenio colectivo de trabajo, a nivel de empresa o incluso en forma individual.
Este nuevo régimen no reemplaza de manera obligatoria el sistema vigente, sino que busca ofrecer una herramienta distinta para administrar los fondos que se destinan al pago por cese laboral. En este esquema, los empleadores podrán realizar aportes periódicos a un fondo colectivo de inversión que se constituya específicamente con ese fin. El trabajador, llegado el momento del despido, accedería a ese fondo como compensación, siempre que haya aceptado esta modalidad en los términos establecidos.