La CNV lanzó la autorización automática para Fondos Comunes de Inversión
La medida apunta a facilitar la oferta de los instrumentos de una misma familia de fondos, sin necesidad de autorización previa
La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó una norma que flexibiliza la operatoria de Fondos Comunes de Inversión Abiertos (FCI), al permitir la autorización automática de aquellos que forman parte de una misma familia ya validada en su primera emisión.
La medida se formalizó a través de la Resolución General 1082/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, que el Directorio del organismo aprobó una vez finalizadas la consulta pública convocada mediante la RG 1078 del 30 de julio, y entrará en vigencia el lunes 15 de septiembre.
“Sentido común”
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, destacó el dictado de la resolución a la que consideró “sentido común al 100%” al disponer “la aprobación de Fondos Comunes de Inversión cuando son continuadores de una emisión previa”.
Sigue la desregulación en el mercado de capitales. Con la RG No. 1082, cae toda la burocracia para la aprobación de Fondos Comunes de Inversión cuando son continuadores de una emisión previa. Sentido común al 100%. Bravo por la @CNVArgentina, a Roberto Silva y a su equipo… https://t.co/g7plCms0PQ
— Fede Sturzenegger (@fedesturze) September 2, 2025
Por su parte, el presidente de la CNV, Roberto Silva, subrayó que “con esta regulación completamos el marco normativo de flexibilización ya vigente para emisores frecuentes, los de las Obligaciones Negociables y los Fideicomisos Financieros".
"En este caso particular, la CNV revisará y aprobará únicamente el primer FCI; los siguientes, siempre que pertenezcan a la misma familia y no presenten modificaciones sustanciales, podrán ser autorizados automáticamente”, explicó.
La norma prevé que este régimen de autorización automática será aplicable cuando el nuevo FCI a constituirse tenga identidad de denominación y política de inversión o, en su caso, constituya un régimen especial, respecto a otros fondos ya autorizados por la CNV y sea constituido por la misma Sociedad Gerente, aunque puede cambiar de depositaria.
En qué pueden diferir
Así, los nuevos fondos que se constituyan bajo este régimen podrán diferir de los aprobados con anterioridad, entre otros aspectos, en su moneda de denominación, en los activos elegibles, en las clases de cuotapartes y otras condiciones de emisión.
Para distinguir los Fondos entre sí, cada nuevo FCI llevará una denominación secuencial numérica ascendente y se implementa un procedimiento de adenda automática para los FCI abiertos.
Las modificaciones al reglamento de gestión de un FCI y que no impliquen un cambio en los objetivos y política de inversión o en el régimen especial, en su denominación o la sustitución de ambos o alguno de sus órganos, los textos de las adendas correspondientes, junto con el texto ordenado, deberán ser remitidos directamente a través del acceso pertinente en la Autopista de Información Financiera (AIF).