Adiós a las facturas clase "M": ARCA simplifica el régimen

ARCA sustituirá normas de más de 20 años de antigüedad para homogeneizar el esquema de facturación. Cuáles son los cambios

BAE Negocios

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso una simplificación del régimen de facturación y modernizó el procedimiento para solicitar la habilitación de comprobantes clase “A”, además de aumentar los umbrales de cumplimiento de información para cooperativas y mutuales.

Qué son las facturas tipo M

Las facturas tipo M son comprobantes que deben emitir ciertos responsables inscriptos cuando ARCA no les autoriza a facturar con comprobantes tipo A, que son los habituales entre responsables inscriptos. Esta restricción suele aplicarse a contribuyentes con inscripción reciente, falta de acreditación de solvencia o antecedentes de incumplimientos. A diferencia de las facturas tipo B, que no permiten a quien las recibe computar crédito fiscal, las facturas tipo M sí habilitan ese cómputo, aunque obligan al receptor a practicar retenciones impositivas sobre los montos facturados, funcionando como un mecanismo de control adicional por parte del fisco.

 

Cambian las facturas en ARCA

Las novedades están detalladas en las resoluciones generales 5762/2025 y 5763/2025, ambas publicadas hoy en el Boletín Oficial, donde además se incluye la RG 5764/2025, complementaria de la primera.

La primera resolución entrará en vigencia el 1° de diciembre y desde entonces se dejarán de utilizar las facturas clase “M”, reemplazándolas por las clase “A” con leyenda “Operación sujeta a retención”.

 

Si al momento de solicitar la habilitación de comprobantes clase “A” el contribuyente cumple con los requisitos establecidos, pero no acredita solvencia patrimonial, podrá optar por utilizar las facturas clase “A” con leyenda “Pago en CBU informada”, que no se encontrarán sujetas a retenciones.

 

Flexibilización y actualización

 

“La nueva norma sustituye diversas Resoluciones vigentes desde hace más de 20 años, y de esta manera, simplifica el esquema de facturación para que resulte más claro y homogéneo”, señaló la ex AFIP en un comunicado.

La nueva normativa implica una flexibilización de la evaluación cuatrimestral automática del comportamiento fiscal, que podrá derivar en la modificación de la clase de comprobantes habilitada.

 

Esa evaluación cuenta con una simulación preventiva ejecutada de manera anticipada, que brinda a los contribuyentes la posibilidad de corregir las irregularidades detectadas en forma previa.

En caso de regularizar las inconsistencias de manera posterior a la evaluación definitiva, se brindará la posibilidad de solicitar un reproceso web de los controles, a efectos de recuperar la habilitación clase “A”.

 

Cómo serán las nuevas facturas

 

ARCA comenzará a otorgar habilitación clase “A” con leyenda “Operación sujeta a retención”, en las circunstancias que previamente se otorgaba habilitación clase “M” y adjudicará automáticamente la nueva habilitación a aquellos que posean habilitación clase “M” al momento de entrada en vigencia del nuevo esquema. 

La emisión de estos comprobantes mantendrá la codificación actualmente utilizada, bajo la nueva denominación y continuará con la correlatividad de la numeración respecto de aquellos generados como clase “M”, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia; salvo que se les habilite un nuevo punto de venta.

 

Cooperativas y mutuales

 

Por medio de la RG 5763, se aumentan los umbrales a partir de los cuales las cooperativas y mutuales deberán cumplir con el régimen de información de operaciones, en el marco de la simplificación normativa establecida a través del decreto 353/2025, orientado a reducir cargas administrativas y mejorar la calidad de los servicios públicos.

Con esta resolución general, ARCA determinó que a partir de ahora las cooperativas y mutuales solo deberán informar operaciones financieras y aportes de asociados cuando la suma de los montos supere los $1.600.000 por sujeto, cuando anteriormente debían informar cuando la sumatoria mensual superaba los $10.000.

“Con esta actualización, se optimiza la base de datos institucional, focalizando la fiscalización en operaciones de mayor relevancia y se alivia la carga administrativa de cooperativas y mutuales, evitando reportes de menor impacto económico”, expresó el organismo recaudador.

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