Sanciones

Categorías monotributo 2021 Afip: cuáles son las multas por no hacer la recategorización de agosto

Finalizó la fecha límite para hacer el cambio de categoría y el organismo nacional aplicará sanciones para quienes no hicieron los trámites a tiempo tras el cambio de los montos máximos para este semestre

BAE Negocios

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) fijó la escala de multas y sanciones para aquellos monotributistas que no hicieron la recategorización antes de la fecha límite fijada del último periodo, que fue el martes 17 de agosto de 2021. 

El organismo nacional implementó una nueva tabla excepcional de escalas de facturación por categorías por las dos reformas que el monotributo sufrió en lo que va del año. La misma aplicará en el período que comprende desde el 1 de julio hasta el 31 de enero de 2022.

 

Qué es la recategorización

La Afip detalla una lista de categorías según los montos de ingreso y la energía consumida durante los últimos 12 meses, además de la superficie afectada a la actividad a la finalización de cada cuatrimestre calendario.

Por ello, es obligación de los monotributistas realizar la propia recategorización cada seis meses  en caso de que corresponda si las variantes anteriores aumentaron o disminuyeron. 

Multas por no recategorizarse

El organismo realiza un seguimiento constante de los monotributistas y sus variables de ingresos. En caso de que no se hicieran los cambios correspondientes, la administración nacional realizará el cambio de oficio

Además, el monotributista se verá obligado a abonar los nuevos montos y recibirá una penalización por el 50% del impuesto integrado y el componente previsional que les hubiera correspondido pagar.

Categorías monotributo 2021 Afip

Los montos de cada categoría fueron actualizados según la variación del haber mínimo garantizado para el periodo que comprende desde el 1 de julio de este año hasta el 31 de enero de 2022.

A partir de su implementación, los límites de facturación anual por categoría son los siguientes:

  • Categoría A: $370.000
  • Categoría B: $550.000
  • Categoría C: $770.000
  • Categoría D: $1.060.000
  • Categoría E: $1.400.000
  • Categoría F: $1.750.000
  • Categoría G: $2.100.000
  • Categoría H: $2.600.000
  • Categoría I: $2.910.000
  • Categoría J: $3.335.000
  • Categoría K: $3.700.000
Monotributo social 

El monotributo social es una categoría tributaria que te permite facturar, acceder a una obra social para el usuario y su familia, e ingresar al sistema previsional.

 

Podrán inscribirse al monotributo social aquellas personas que:

  • Realizan una única actividad económica independiente.
  • Trabajan en relación de dependencia percibiendo un salario bruto inferior al haber previsional mínimo.
  • Forman parte de una cooperativa de trabajo con un mínimo de 6 asociados.

Los requisitos para ello son:

  • Contar con un ingreso bruto anual inferior a $282.444,69.
  • Ser propietario de hasta 2 bienes inmuebles, siempre que uno de ellos se encuentre afectado al emprendimiento productivo.
  • Ser propietario de hasta un máximo de 3 bienes muebles registrables.
  • No ser profesional universitario en ejercicio de tu profesión como actividad económica.
  • No ser empleador ni titular de acciones o cuotas partes de sociedades comerciales.
  • Contar con ingresos que provengan solo de la actividad económica declarada, sin tener en cuenta las prestaciones compatibles que otorgan los organismos nacionales, provinciales o municipales
Consultar el estado de trámite

Para consultar el estado de trámite del monotributo social, se deberá acceder a la web http://www.monotributosocial.gob.ar

Allí se tendrán que ingresar el número de DNI y de formulario de inscripción para obtener la información del estado de la solicitud.

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