El Gobierno oficializó las modificaciones en Bienes Personales
Las nuevas alícuotas fueron publicadas este sábado en el Boletín Oficial tras la reglamentación de la ley de Solidaridad y Reactivación Productiva. Repatriar capital incluye beneficios
El Gobierno nacional oficializó las nuevas alícuotas del impuesto a los Bienes Personales en el marco de la reglamentación de la ley de Emergencia Económica, a través del decreto 99 publicado hoy en el Boletín Oficial.
En los considerandos del citado decreto, se menciona que "se incorporó la posibilidad de fijar alícuotas diferenciales para gravar los bienes situados en el exterior pudiendo disminuirlas cuando se verifique su repatriación". El foco está en estimular la repatriación de activos argentinos en el exterior, por lo que se estableció una alícuota diferencial de hasta 2,25% para los bienes fuera del país, y se otorgarán beneficios a quienes los retornen a la Argentina.
Tal como adelantó Alejandro Bercovich a BAE Negocios, repatriar parte del capital en el extranjero se traduciría en beneficios para el contribuyente. En principio, significaba traer a la Argentina el 10% del dinero en el exterior, pero finalmente el 5% eximirá de la doble alícuota al total.
La sobrealícuota del impuesto a la Riqueza que dispuso la Ley de Solidaridad para los depósitos en el extranjero no se cobrará a quien repatrie el 5% de esos fondos. Fue anticipo exclusivo del viernes pasado en el panorama semanal de @BAENegocios. pic.twitter.com/Zkjz2eJ4KN
El artículo 9 del decreto establece que el valor total de los bienes en el exterior que exceda el mínimo no imponible no computado contra los activos del país, pagarán una tasa del 0,7% cuando lleguen hasta 3 millones de pesos; del 1,20% entre 3 y 6,5 millones; del 1,8% entre 6,5 y 18 millones y de 2,25 si superan los 18 millones de pesos.
Un informe del Grupo de Estudios sobre la Realidad Económica y Social (GERES) explica que la Ley de Solidaridad implica un achique del déficit fiscal del 2% del PBI, con una particularidad: 1,5% del PBI responde a la suba de impuestos y 0,5% a la baja del gasto. La suspensión de la fórmula de movilidad para los haberes previsionales, contra lo que se discutió públicamente, no es lo más sustancial de la ley en términos presupuestarios.
Redondeando, la suba de 1,5% del PBI por el lado de los ingresos se compone de un 0,5% del PBI por el mayor cobro de retenciones, un 0,2% del PBI por el impuesto a la Riqueza (Bienes Personales), otro 0,3% del PBI por lo que se prevé que recaude el nuevo impuesto PAIS (30% sobre transacciones en dólares) y un 0,5% del PBI por suspender las rebajas de Seguridad Social y Ganancias que había anunciado Macri para las Pymes.
Por otro lado, los servicios digitales dolarizados como, por ejemplo, Spotify o Netflix sufrirán gravámenes más leves de los esperados: deberán pagar 8% del impuesto en lugar del 30% que estaba estipulado. Tampoco estarán alcanzados los pasajes terrestres a países limítrofes.
"Se consideran servicios digitales, cualquiera sea el dispositivo utilizado para su descarga, visualización o utilización, aquellos llevados a cabo a través de la red Internet o de cualquier adaptación o aplicación de los protocolos, plataformas o de la tecnología utilizada por Internet u otra red a través de la que se presten servicios equivalentes que, por su naturaleza, estén básicamente automatizados y requieran una intervención humana mínima", indicó el inciso publicado en el Boletín Oficial.
La normativa llevó la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y los ministros de Economía, Martín Guzmán, de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y de Trabajo, Claudio Moroni.