BENEFICIO

El Ministerio de Desarrollo Social lanzó una nueva Tarjeta Alimentaria: qué documentos hay que presentar

El Ministerio de Desarrollo Social además de entregar el monto de la Tarjeta Alimentar para AUH, AUE y Pensiones de Anses, ahora ofrecerá una nueva Tarjeta para garantizar el acceso a la canasta básica

BAE Negocios

El Ministerio de Desarrollo Social, dirigido por María Tolosa Paz, lanzó una nueva Tarjeta Alimentaria. Para poder acceder es necesario cumplir con algunos requisitos y presentar una documentación.

La misma cartera se encarga de entregar el monto de la Tarjeta Alimentar que se deposita a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) a titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación Universal por Embarazo (AUE) y pensiones no contributivas.

En tanto, la nueva Tarjeta Alimentaria se entrega para garantizar el acceso a la canasta básica de un grupo de personas a través de una tarjeta prepaga física o virtual que sirve para comprar determinados alimentos, artículos de higiene y elementos para primeros auxilios. 

 

 

Plan Alimentar Comunidad

La ministra de Desarrollo Social reglamentó el plan Alimentar Comunidad, a través de la resolución 230/2023 publicada en el Boletín Oficial. 

Con Alimentar Comunidad, comedores, merenderos y organizaciones sociales podrán acceder a:

Una tarjeta prepaga física o virtual, que se limitará en cuanto al uso a los rubros de alimentos, artículos de higiene, equipamiento y elementos para primeros auxilios.

Promoción de la oferta de productos, mejora de la trazabilidad del producto y monitoreo del proceso y de los productos adquiridos.

Brindar, en forma directa o a través de instituciones públicas o privadas, capacitadas para tal fin, asistencia y capacitación a los comedores y merenderos y organizaciones sociales y comunitarias.

¿Quiénes cobran Alimentar Comunidad?

La tarjeta alimentaria está dirigida a personas en situación de vulnerabilidad social, que reciben asistencia por medio de comedores, merenderos de organizaciones sociales y comunitarias.

 

Mi Anses: más noticias del día

 

Tarjeta alimentaria: requisitos para poder acceder

Podrán cobrar la nueva tarjeta alimentaria los comedores, merenderos, organizaciones sociales y comunitarias que estén inscriptos en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos (RENACOM).

El programa es incompatible para aquellos que perciban otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.

Qué documentos hay que presentar

Los requisitos para organizaciones de la sociedad civil, comunitarias y sociales:

  • Constancia de inscripción en AFIP de la organización.
  • Nota de solicitud de inclusión suscripta por la máxima autoridad de la organización solicitante.
  • Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.
  • Copia de los DNI de las autoridades que por Estatuto representen a la entidad.
  • Fotocopia autenticada del Acta o del poder de la Comisión Directiva u órgano superior equivalente de la organización, en la que se resuelve solicitar el subsidio y se autoriza al Presidente, representante legal o cargo equivalente superior a suscribir la solicitud, la aceptación, el o los convenios respectivos.
  • Fotocopia autenticada del estatuto actualizado.
  • Fotocopia autenticada de la designación de autoridades vigentes.
  • Fotocopia autenticada de la resolución de la autoridad competente que otorgó la personería jurídica que se invoca.
  • Los requisitos para las organizaciones sociales, conformadas de hecho o sin personería jurídica, que solicitan el subsidio representadas por una persona humana, deberán presentar:
  • Nota de solicitud de inclusión dirigida a la Titular de la Secretaría de Articulación de Política Social, con firma ológrafa.
  • Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.
  • Documentación de dos personas responsables que ejercerán la representación de la organización en forma conjunta: Nombre y apellido, fotocopia de DNI (frente y dorso).
  • Acta de asamblea de la organización donde conste el año de inicio de las actividades, miembros (Nombre, Apellido y DNI), objetivos, líneas de acción y población destinataria. Deberán acompañar aval firmado por miembros autorizando a la persona que ejercerá la representación y gestión relacionadas a la administración, y rendición del subsidio otorgado. La voluntad de asociarse por sus miembros manifestada en la mencionada acta de asamblea de la organización de base, deberá ser certificada por un funcionario o agente interviniente del Ministerio de Desarrollo Social, o bien, indistintamente por, Juez de Paz, autoridad policial y/o Municipal del domicilio del presentante o escritura pública.
  • Declaración Jurada por parte de la/el representante de la Organización que exprese la voluntad de inscribirla al Registro Voluntario de Simples Asociaciones de la Inspección General de Justicia o en el Registro correspondiente a su Jurisdicción.
  • Dos documentos (notas, informes técnicos y otro tipo de manifestación) que avalen el trabajo de la organización en el territorio. El aval deberá ser de instituciones gubernamentales, provinciales o municipales, o no gubernamentales, y deberá estar firmado y sellado por la autoridad del área de la referida institución que tiene a su cargo la temática motivo del aval.
  • Material de difusión vinculado a las actividades que realiza la organización (fotos, videos, notas de prensa, entre otros) que acrediten sus antecedentes y trabajo en el territorio, y cualquier otro documento que permita acreditar la existencia real e inserción territorial del colectivo.
Tarjeta Alimentar Comunidad: monto y ¿cómo se cobra?

El Ministerio de Desarrollo Social otorgará única acreditación mensual.

  • El monto será determinado por la autoridad de aplicación en función de la demanda que cada uno abastezca.
  • Los rubros estarán limitados por sistema; es decir que no se podrán comprar otros productos no especificados en el programa.
  • No hay posibilidad de retiro de efectivo.
  • Estarán habilitadas tanto las tarjetas como las billeteras virtuales y los pagos mediante QR.
Esta nota habla de: