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Esto paga ANSES hoy como BONO extraordinario por adopción

La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) paga un bono adicional a los que adoptan. Conocé los detalles

BAE Negocios

La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) entrega, junto con el calendario de pagos regular de julio, un bono extra para reforzar los ingresos de quienes adopten.

Este monto excepcional es compatible con el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) y otras prestaciones y, claro está, cualquier beneficiario puede solicitarlo llevando la documentación correspondiente a las oficinas de ANSES o cargándola a través de la web.

 

ANSES paga un bono de $270.000: quiénes pueden cobrarlo

La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) paga un bono excepcional de $269.962 en julio de 2024, destinado a la Prestación por Adopción. Este bono único está destinado a personas que adoptaron recientemente.

Para poder acceder a este pago único de ANSES, los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los siguientes montos:

  • Ingreso del grupo familiar: $3.176.054
  • Ingreso de cada integrante del grupo familiar: $1.588.027

Este bono tiene como objetivo brindar un apoyo financiero adicional a las familias que adoptaron recientemente, facilitando así su integración y estabilidad económica.

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Cuáles son los requisitos para cobrar el bono de $270.000 de ANSES

Además de registrarse y constatar la adopción ante la ANSES, se deberá cumplir uno de los siguientes requisitos:

  • Trabajadores en relación de dependencia
  • Personas que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART)
  • Trabajadores por temporada
  • Trabajadores rurales
  • Personas que cobren la Prestación por Desempleo
  • Personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra
  • Personas que cobren o hayan cobrado la Asignación Universal por Hijo, Hijo con Discapacidad o Asignación por Embarazo

Si se reúnen todos los requisitos, se deberán presentar los datos personales de las personas involucradas, la partida de nacimiento y la sentencia de adopción.

Para acceder al pago, la solicitud debe realizarse dentro de los dos meses y hasta los dos años posteriores a haberse dictado la sentencia de adopción.

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