Extienden beneficios fiscales para empresas de salud
Las reducción impositivas alcanzan hasta el 95%, y se agregan junio y julio a los períodos devenegados
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó por 60 días el tratamiento diferencial para empleadores correspondientes a las actividades relacionadas con la salud, en lo que respecta a las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
A través de la resolución 4.756 publicada este martes en el Boletín oficial, el ente recaudador adecúa la excepción impositiva para el sector sanitario, lanzado el 19 de marzo pasado en el marco de la pandemia por coronavirus.
De esta forma, los períodos devengados que la entidad conducida por Mercedes Marcó del Pont fijó son marzo, abril, mayo, junio y julio, mientras que la medida toma vigencia desde "el día de su publicación".
- Afip establece una reducción del 95% de la alícuota prevista en el artículo 19 de la Ley N° 27.541, que se destine al Sistema Integrado Previsional Argentino;
- Las alícuotas del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias serán del 2,50%y del 5‰, para los créditos y débitos en cuenta corriente y para las restantes operaciones referidas a los empleadores de establecimientos e instituciones relacionadas con la salud.
Resolución General 4756/2020 by Edu Lalo Mejias on Scribd