Fin del cepo al dólar: ¿cuál es la única restricción que queda vigente?
A pesar de que no hay más restricciones para acceder al dólar oficial desde el homebanking, el BCRA hizo una aclaración sobre una restricción que sigue vigente
Desde que se levantó el cepo, quienes deseen comprar dólares para atesoramiento pueden hacerlo sin restricciones si utilizan dinero bancarizado, según lo dispuesto por el Gobierno nacional. La medida implica la eliminación del cepo cambiario para operaciones realizadas a través de cuentas bancarias, aunque persiste aún persiste una restricción en particular que afecta a los viajeros.
La flexibilización del acceso al mercado cambiario fue acompañada por la introducción de una banda móvil para el valor del dólar, que se moverá entre los $1.000 y $1.400.
Según explicó el ministro de Economía, Luis Caputo, el Banco Central operará dentro de esa franja para dar previsibilidad. “El Central estableció un dólar de $1.000 a $1.400 en el que hay libre flotación de la moneda. Las bandas tienen que ser creíbles para que se puedan anclar y alinear expectativas y que eso sirva para controlar variables nominales”, afirmó el ministro.
Caputo detalló que si la cotización se acerca al techo de la banda, el Banco Central podrá vender divisas para estabilizar el tipo de cambio, y si se aproxima al piso, comprará dólares e inyectará pesos.
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¿Cuál es la única restricción que sigue vigente?
La única restricción que permanece vigente es de carácter impositivo y antilavado, y afecta únicamente a quienes compren divisas con efectivo: en estos casos, solo se permite adquirir hasta USD 100 por mes, sin relación con las restricciones cambiarias anteriores.
Para quienes operen con fondos depositados en cuentas, no existe tope alguno en la compra de moneda extranjera.