MEDIDAS

La Ciudad ELIMINA un IMPUESTO a jubilados con un simple trámite

A partir de agosto, un grupo de jubilados y pensionados podrá dejar de pagar un importante impuesto. Conocé los detalles

BAE Negocios

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires anunció una nueva medida que beneficiará a miles de jubilados y pensionados. La legisladora Graciela Ocaña promovió un proyecto que elimina el pago del impuesto de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) para adultos mayores.

Atención jubilados: a quiénes beneficia la medida

La exención del impuesto ABL estará disponible para los jubilados y pensionados que reciban menos de 15 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), es decir, menos de $3.514.725. Esta medida representará una mejora del 21% en sus haberes.

Qué requisitos debo cumplir para hacer el trámite
  • Debes estar viviendo en el inmueble
  • No podés ser titular de otro inmueble
  • Debes percibir un haber igual o menor al doble del salario mínimo vital y móvil, o hasta dos veces y media de la jubilación mínima, lo que resulte mayor (es decir, hasta $563.636,05)
  • Tenés que ser propietario, condómino o beneficiario del derecho de uso de un único bien inmueble destinado a vivienda propia.
  • La valuación del inmueble no debe superar el importe establecido por la Ley Tarifaria.

 

La Ciudad ELIMINA un IMPUESTO a jubilados con un simple trámite

 

Cómo realizar el trámite para dejar de pagar el ABL

Para dejar de pagar el ABL, los jubilados y pensionados deberán realizar la solicitud con estos simples pasos:

  • Ingresar a la página de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).
  • Seleccionar la opción "Solicitud de Exención Jubilados y Pensionados"
  • Completar el formulario con los datos personales necesarios, incluyendo el número de partida inmobiliaria y la ubicación del inmueble.
  • Qué documentación necesito para hacer el trámite
    • Copia del último recibo de haber jubilatorio o pensión.
    • Título de la propiedad: escritura traslativa de dominio del inmueble o declaratoria de herederos cuando corresponda.
    • Contrato de locación: si es inquilino, presentar el contrato de locación vigente.
    • DNI del beneficiario.
    • Último comprobante de pago del impuesto.
    • Formulario de solicitud de exención: disponibles en el sitio web de AGIP.
    • Escritura de usufructo, en caso de requerirla.
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