ELECCIONES

Qué no se puede hacer durante la veda electoral en las PASO 2023

La veda electoral de las PASO 2023 prohíbe varias acciones desde 48 horas antes hasta 3 horas después de las elecciones Conoce los detalles aquí

Redacción BAE

La veda electoral previa a las PASO del 13 de agosto trae consigo importantes impedimentos para los precandidatos presidenciales y para el desarrollo de la campaña política. Durante este periodo, se prohíbe realizar actos de campaña, así como la venta de bebidas alcohólicas y declaraciones de propaganda política por parte de funcionarios o medios de comunicación.

En cuanto a la venta de alcohol, estará inhabilitada a partir de las 20 horas del sábado 12 de agosto y se extenderá durante 25 horas. A partir del domingo a las 21 horas, se permitirá nuevamente su comercialización. Además, se prohíbe la difusión de encuestas electorales y sondeos de opinión desde el sábado pasado hasta tres horas después de finalizados los comicios.

Es importante destacar que aquellos que no cumplan con la veda estarán expuestos a posibles denuncias o sanciones, siempre y cuando se compruebe el incumplimiento. Según el artículo 71 del Código Electoral, se establecen los siguientes vetos:

  • No se permitirá admitir reuniones de electores o depósito de armas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora de votos.
  • Los espectáculos populares, fiestas teatrales, deportivas y reuniones públicas que no se refieran al acto electoral estarán prohibidos durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de su clausura.
  • Las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas permanecerán cerradas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.
  • No se podrá ofrecer o entregar boletas de sufragio a los electores dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos.
  • Durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada, no se permitirá a los electores portar armas, usar banderas, divisas u otros distintivos.
  • Queda prohibido realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales desde cuarenta y ocho horas antes del comicio hasta su cierre.
  • La apertura de los organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros del lugar donde se instalen las mesas receptoras de votos también estará prohibida. La Junta Electoral Nacional podrá disponer el cierre transitorio de los locales que incumplan con esta disposición. Además, no se instalarán mesas receptoras a menos de ochenta metros de la sede de los partidos nacionales o de distrito.
  • Durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre, no se podrá publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

La veda electoral establece una serie de restricciones tanto para los precandidatos presidenciales como para la población en general. Estas medidas buscan garantizar un ambiente neutral y equitativo durante el proceso electoral, evitando posibles influencias externas en la decisión de los votantes.

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