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Blanqueo de capitales: cómo abrir una cuenta especial para los activos regularizados

Dólar MEP, bonos y acciones: en qué se puede invertir 

BAE Negocios

A través del Decreto 608/2024 publicado en el Boletín Oficial  el Gobierno comenzó la reglamentación del blanqueo de capitales, donde se fijan, entre otras cosas, las condiciones para la regularización de activos que no se encuentran declarados.

Tanto las personas físicas como las sociedades, podrán declarar sus tenencias en moneda nacional, extranjera y los demás bienes ubicados en el país y en el exterior, sin límite de monto.

En el caso del régimen especial de regularización de activos en efectivo que abarca pesos, dólares y títulos valores, se puede adherir hasta el 30 de septiembre de 2024 y realizar el blanqueo de los capitales mediante una Cuenta Especial de Regularización de Activos Ley 27743 (CERA).

El gran beneficio que tiene este régimen especial es que está exento del pago del Impuesto Especial, sin importar el monto a regularizar, siempre que los fondos se encuentren en el circuito CERA hasta el 31 de diciembre de 2025. Y para el caso que, los fondos sean transferidos antes de la fecha indicada sólo se retendrá un 5% de Impuesto Especial.

"El régimen de regularización de activos es una buena oportunidad para incorporar el capital no declarado al circuito formal e invertirlo en el mercado bursátil” declaró Diego Pizzulli, CEO de IOL invertironline.

Paso a paso, cómo invertir

Para blanquear, la persona física o jurídica deberá

  • abrir una Cuenta Comitente Especial CERA para depositar su capital
  • ese capital deberá provenir de una Cuenta Especial de su titularidad abierta en una entidad bancaria
  • Se puede invertir en acciones, bonos (incluyendo Bopreal), dólar MEP, ONs, y próximamente también FCI.

"Son todos activos elegibles, para que el dinero no quede quieto, sino que se invierta durante el año que esté en el circuito CERA”, indicó el especialista

 

¿Cómo se ingresan los fondos del blanqueo?

Los fondos deben provenir de una Cuenta Bancaria CERA. A través de transferencias, siempre a nombre del titular. Los fondos ingresados podrán ser utilizados para adquirir instrumentos financieros determinados por CNV como activos elegibles para el blanqueo de capitales, tales como acciones, bonos, ONs, entre otros, incluso se puede dolarizar haciendo Dólar Mep.

 

Beneficios Fiscales del blanqueo
  • Exención de Impuestos: El cliente queda liberado de toda acción civil y penal tributaria por los bienes declarados.
  • Alícuota Cero: Se mantienen los fondos depositados hasta el 31 de diciembre de 2025, y se blanquea sin pagar impuestos especiales, sin importar la cantidad de dinero
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