OPORTUNIDAD

Nueva inscripción al Procrear II para acceder a viviendas: requisitos

El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat habilitará en las próximas horas las nuevas inscripciones del Procrear II para acceder a créditos hipotecarios para la compra de viviendas nuevas

BAE Negocios

El sitio oficial del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat que conduce Jorge Ferraresi,  informa que a partir de este miércoles, desde las 10, se abre la inscripción para que todas las personas interesadas puedan acceder a viviendas en Desarrollos Urbanísticos del Procrear II. 

Nueva inscripción al Procrear II para acceder a viviendas: requisitos

La nueva línea de créditos estará disponible en 18 provincias y el desarrollo es este programa tiene como objetivo brindar acceso a crédito hipotecario para la compra de viviendas.

"A través de los Desarrollos Urbanísticos el Estado viene a dar respuesta a una demanda, que es la falta de acceso a créditos hipotecarios para acceder a una vivienda", señaló Ferraresi sobre este programa.

Agregó que "esto no sólo le da la oportunidad a miles de argentinos y argentinas de tener su casa propia en el lugar en donde eligieron vivir y desarrollarse, sino que además genera el impulso de toda la industria de la construcción".
 

Desarrollos urbanísticos del Procrear II en Argentina:

Se habilitarán en las siguientes provincias:

Buenos Aires

Bahía Blanca

Carmen de Patagones

Ciudad Evita

Haedo

Ituzaingó

Lincoln

Merlo

Morón

San Antonio de Areco

San Miguel

San Nicolás

Ciudad de Buenos Aires

Estación Buenos Aires

Estación Sáenz

Chaco

Resistencia

Chubut

Puerto Madryn

Córdoba

Barrio Liceo

Cavanagh

Morrison

San Francisco

Corrientes

Corrientes

Entre Ríos

Paraná

Jujuy

Jujuy

Mendoza

La Dormida

Maipú

Malargüe

Mendoza Capital

San Martín

San Rafael

Misiones

Posadas

Neuquén

Zapala

Río Negro

Bariloche

San Luis

San Luis

 

Santa Cruz

Río Gallegos

Santa Fe

Estación Cambios

Rafaela

Sunchales

Santiago del Estero

La Banda

Santiago del Estero

Tierra del Fuego

Río Grande

Tucumán

Yerba Buena

Requisitos para poder inscribirse a Desarrollos Urbanísticos de Procrear II
  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el PROCESO DE INSCRIPCIÓN. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
  • Acreditar el estado civil declarado en el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, excepto el estado civil soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 SMVyM y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
  • Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce (12) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
  • Los y las participantes, al momento de completar el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
  • El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados.

1. Matrimonio.

2. Unión convivencial.

3. Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.

Todas las notificaciones en el marco de las presentes bases y condiciones serán realizadas a la dirección de correo electrónico declarada por el/la participante en el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN.

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Ingresá a partir de este miércoles a las 10:00 en: https://www.argentina.gob.ar/habitat/procrear/desarrollosurbanisticos

 

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