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Extra hasta fin de año para IFE, AUH y jubilados de Anses confirmado

Todos los titulares del IFE, AUH y jubilados de Anses podrán acceder hasta fin de año a un extra. Mirá cuáles son los requisitos para recibir el beneficio

BAE Negocios

 

Todos los titulares del IFE o bono de $94.000 para trabajadores informales, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y jubilados que cobran a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) pueden acceder a un extra hasta fin de año confirmado.

Esta ayuda económica se suma a otras medidas anunciadas por el Gobierno para acompañar a los sectores de menores ingresos en marco del Programa de Fortalecimiento de la Actividad y el Ingreso, en donde también se incluyó el pago de un bono de $37.000 o de $55.000 para jubilados y pensionados, el pago del IFE o bono de $94.000 para personas sin empleo formal y créditos para trabajadores y monotributistas, entre otras asistencias.

En tanto, el extra que se puede acceder hasta fin de año se trata del nuevo programa Compre Sin IVA, en donde personas, que cumplan con algunos requisitos, pueden acceder a hasta $18.800 por mes.

 

 

Extra hasta fin de año para IFE, AUH y jubilados de Anses confirmado

La Resolución General Nº 5418/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos estableció el programa "Compre sin IVA", el cual establece un mecanismo de reintegro del 21% sobre las compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, con un tope máximo de hasta $18.80. El programa continuará vigente en noviembre y diciembre 2023.

Este beneficio se aplica a las compras abonadas con tarjetas de débito de los beneficiarios de Anses, débito en cuenta o mediante transferencias inmediatas utilizando códigos QR, siempre y cuando estén asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.

Además, este programa abarca las compras efectuadas con la "Tarjeta alimentar" o tarjetas emitidas a beneficiarios y beneficiarias del programa "Potenciar Trabajo".

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Serán beneficiarios del régimen de reintegros los sujetos que perciban alguno de los siguientes conceptos, no excluyentes entre sí:

a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.

b) Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social (AUH).

El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.

c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social (AUE).

d) Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.

Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.

e) Personal de Casas Particulares.

f) Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de:

  • Cargos públicos.
  • El ejercicio de la dirección, administración o conducción de sociedades.
  • Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad.
  • Locación de bienes muebles o inmuebles.

Además, Anses informó que las 2,5 millones de personas que ya cobraron el Refuerzo para trabajadores informales recibieron desde el lunes 13 de noviembre la devolución del Impuesto al Valor Agregado.

Lo harán en la tarjeta de débito donde perciben el beneficio por sus compras de productos que forman parte de la canasta de alimentos, medicamentos, higiene personal y limpieza del hogar, con un tope mensual de hasta 18.800 pesos.

Acreditación de hasta $18.800

El reintegro se efectuará automáticamente en la cuenta bancaria cuya CBU informada en AFIP, dependiendo del horario en que se realizó la compra:

Para las compras que se realicen hasta las 17:00 horas, la acreditación se hará efectiva dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la operación.

Para las compras hechas luego de las 17:00 horas, el reintegro se realizará dentro de las 48 horas hábiles de efectuada la operación.

Consultá si accedés al beneficio

Con tu CUIT o CUIL, podés chequear si accedés al reintegro:

https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx

Extra hasta fin de año para IFE, AUH y jubilados de Anses confirmado

Consultorio ANSES

En el Consultorio de ANSES de Crónica HD podés ver más noticias sobre refuerzos para la AUH, nuevos bonos para jubilados, las fechas de cobro de Anses y los últimos beneficios que se sumaron.

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