Bloqueo a empresas: la Corte reabre el debate en un fallo contra Camioneros
El máximo tribunal ordenó el juicio oral por el caso de la Química Oeste en 2021 y marcó un precedente que puede extenderse a otros conflictos gremiales. El fallo refuerza la tensión entre el derecho a huelga y las demandas empresariales de seguridad jurídica
La Corte Suprema habilitó el juicio oral contra dirigentes del Sindicato de Camioneros por un supuesto bloqueo a la empresa Química Oeste en 2021. Ese conflicto, según el gremio, fue por despidos e incumplimientos de seguridad laboral en la planta ubicada en la localidad bonaerense de Esteban Echeverría. El máximo tribunal revocó los sobreseimientos previos, marcó diferente criterio en cuanto a lo sostenido por la Suprema Corte Bonaerense y reabrió la instancia para que un conflicto sindical pueda ser dirimido en un proceso penal.
En efecto, la Corte con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, respaldó el planteo de la querella empresaria. El fallo citó como antecedente el caso “Uzcátegui Matheus”, donde se cuestionó el rigor formal de las instancias anteriores.
Los hechos sucedieorn en mayo de 2021, cuando un grupo de trabajadores protestó en esa planta por cinco despidos, tres de ellos delegados. En las inspecciones laborales posteriores, Camioneros denunció 14 incumplimientos en materia de seguridad, como la falta de equipos de protección, problemas con depósitos de inflamables, deficiencias en los botiquines de primeros auxilios e irregularidades en la documentación laboral.
La empresa había comenzado obras en su edificio, en tanto que su dueño, Carlos Dos Reis, sostuvo que “la pandemia demoró la inauguración”. Mientras tanto, el Ministerio de Trabajo ordenó adecuaciones urgentes en diez días. El empresario aseguró que las condiciones eran “perfectamente normales” y acusó a la cartera laboral de funcionar “como una escribanía del sindicato”.
La tensión escaló con acusaciones cruzadas. Según la empresa ªlos trabajadores amenazaron con pudrir todo”, lo que interpretó como un riesgo de sabotaje a la producción y denunció penalmente a los manifestantes por extorsión, turbación de la propiedad e impedimento de trabajar.
Entre los imputados figuran Néstor Fabián Arévalo, secretario general de la Delegación Monte Grande de Camioneros, junto a otros nueve personas, todos acusados de un plan premeditado para forzar un encuadramiento sindical en la compañía.
En primera instancia, la Justicia de Lomas de Zamora habilitó la elevación a juicio, pero la Cámara de Apelaciones revocó esa medida y liberó de responsabilidad a los acusados al considerar que no había pruebas de violencia ni intención de afectar el inmueble. Esa interpretación fue ratificada tanto por Casación Bonaerense como la Suprema Corte provincial. La empresa recurrió entonces al máximo tribunal mediante un recurso extraordinario federal, alegando que se desconocían derechos constitucionales como el trabajo, la propiedad privada y el libre ejercicio de la industria.
Con su fallo, la Corte habilitó que la causa vuelva a la justicia ordinaria, donde deberá realizarse el juicio oral para determinar la responsabilidad de los acusados. La decisión abre un nuevo capítulo en el debate sobre los alcances de la protesta gremial y el límite entre el derecho de huelga y el uso de medidas de acción directa.
En un contexto donde avanzan reformas laborales y se intensifica la judicialización de conflictos gremiales, este pronunciamiento de la Corte no solo impacta en Camioneros, sino que instala un precedente que puede replicarse en otros sectores de la economía. El caso refuerza la tensión histórica entre la defensa del derecho de huelga, consagrado en la Constitución, y las demandas empresariales que reclaman “rigor jurídico”, marcando un punto de inflexión en la disputa sobre el futuro de la protesta social y sindical en la Argentina.