La Corte desestimó otra denuncia sobre el DNU 70
Como adelantó BAE Negocios, el fallo de la semana pasada era solo el comienzo: bajo el mismo criterio, despachó otra denuncia sobre el DNU. Esta vez, era para obligar a que el Congreso sesione
Tras romper el hielo sobre las causas que acumula contra el DNU 70/2023, la Corte Suprema continúa su patrón: desestimar las denuncias por ausencia de "caso" o "controversia". Esta vez se trató de un recurso per sáltum que interpuso el abogado Andrés Gil Domínguez, luego de que el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°1 resolviera, en primera instancia, que su denuncia carecía de legitimación activa. La Corte les dio la razón y falló, nuevamente, favorablemente para el Gobierno.
El pedido de Domínguez promovía un proceso autosatisfactivo para que se le ordene al Congreso que traten el decreto de forma inmediata. Una medida autosatisfactiva implica que se concrete una sentencia sin concluir todo el procedimiento judicial, suponiendo que se trata de una circunstancia urgente e impostergable.
Hace exactamente una semana, los miembros del Supremo se expidieron por primera vez sobre las múltiples denuncias que acumulan sobre el DNU sobre dos causas: una de La Rioja y del abogado Jorge Rizzo. Ambas fueron desestimadas por no presentar un "caso", al igual que la de este martes. Se avecinan sentencias parecidas.
La denunciaDomínguez, quien además tramitó un amparo para declarar la invalidez constitucional del DNU, se presentó en calidad de "integrante del pueblo argentino como sujeto colectivo titular de la soberanía popular" y, como tal, justificó la demanda de "cumplimiento de las Cámaras del Congreso de ejercer el control político ulterior en un plazo razonable".
Amenazó que, si no se lo reconociese como pueblo, entonces "transformarían a la soberanía popular en una mera ilusión conceptual vacía de contenido".
El Contencioso desestimó la demanda haciendo hincapié en la jurisprudencia esencial -para Domínguez, conservadora- del control de constitucionalidad: el requerimiento de la existencia de un caso, causa o controversia concreto y actual que habilite la intervención del Poder Judicial.
En esa línea, alegó que eso ocurre cuando se persigue la determinación de un derecho debatido entre partes adversas que debe estar fundado en un interés específico y calificado, y que la condición de ciudadano no confiere la legitimación suficiente.
Domínguez llevó su reclamo a la Corte con un Recurso Extraordinario Federal por Salto de Instancia. Insistió con que su condición de integrante del pueblo argentino - diferente a la de ´ciudadano´ - acredita un interés directo, inmediato y personal respecto de los miembros parlamentarios - en su carácter de representantes del pueblo - y que, como su reclamo no era en este caso la invalidez de la norma, sino un llamado a que el Congreso se expida, sí era válida.
Qué resolvió la Corte"La pretención del actor consiste en compeler a las cámaras del Congreso a que procedan de acuerdo a las que serían las exigencias establecidas en una ley, con la invocada finalidad de evitar que ´el pueblo y la soberanía popular´ se transformen ´en una mera ilusión conceptual´. Es decir, no se explica cuál sería la afectación concreta y particularizada que tendría el apelante", interpretaron los cuatro integrantes Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
Por unanimidad, definieron que no existe una gravedad institucional que habilite la intervención del máximo tribunal y declararon inadmisible el recurso por salto de instancia que interpuso Domínguez.
Domínguez apuntó contra la CorteComo anticipó BAE Negocios, los integrantes decidieron empezar a pronunciarse sobre los reclamos políticos judicializados. Según las fuentes consultadas por este medio, algunos creen que es una carrera antes de que se designen los nuevos miembros de la Corte y alteren la mayoría de los integrantes, otros creen que es impaciencia ante la ralentización del procedimiento parlamentario del DNU en Diputados, opacado por la Ley Bases.
De todos modos, ni el mismo presidente Javier Milei se esperaba que los Supremos emitan una sentencia favorable sobre el DNU - "al menos tres han tomado una posición bastante poco amigable", declaró-. Si bien no resolvieron sobre el fondo, con el criterio que mantuvieron hasta entonces, pueden despachar decenas de demandas en su contra.
Andrés Gil Domínguez se vio venir la sentencia de este martes ya la semana pasada, con los primeros pronunciamientos. "La Corte incurrió en un gravísimo error constitucional", denunció el abogado constitucionalista en Radio Perfil, tras conocer los fallos.
"Lo que ha hecho es obturar definitivamente el camino del sistema judicial. Habilitó un sistema de gobierno autocrático en donde el Ejecutivo va a dictar los DNUs que se les cante y el Poder Judicial, con la Corte a la Cabeza, va a ser fiel seguidor de esto", agregó.