Nuevos requisitos para viajar al exterior y volver a la Argentina
El Gobierno pondrá en marcha desde el 25 de diciembre, nuevos requisitos para el ingreso y egreso de argentinos y residentes. ¿Qué test se deben realizar las personas y cuánto tiempo de vigenca tiene?
El Gobierno nacional informó este miércoles que "pondrá en marcha a partir de las 00:00 del 25 de diciembre nuevos requisitos para el ingreso y egreso de argentinos y residentes" a la Argentina.
Según indicó el Ministerio del Interior en un comunicado, los nuevos requisitos "incluirán la presentación de un test de PCR negativo y la realización de una cuarentena obligatoria de 7 días, según una decisión administrativa de la Jefatura de Gabinete, que se extenderá hasta el 8 de enero".
Por otra parte, esa decisión, basada en los informes técnicos de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), informará los pasos terrestres que se encontraban habilitados hasta el momento permitirán sólo el ingreso de ciudadanos argentinos y residentes, también con el requisito de PCR negativo y realizar cuarentena obligatoria de 7 días.
De esta manera, queda en suspenso la prueba piloto que autorizó el ingreso de turistas extranjeros provenientes de países limítrofes, tanto por en las terminales aéreas de Ezeiza y San Fernando, como por la portuaria de Buquebus. En esta terminal del Puerto de Buenos Aires sólo se autorizará el ingreso de argentinos y residentes.
En ese marco, la DNM dispuso también que los pasos fronterizos de San Sebastián e Integración Austral, ambos situados en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, queden exceptuados de la restricción de egresos e ingresos, para garantizar el tránsito con la República de Chile y la conexión con el resto del territorio argentino.
A la vez, a partir de las recomendaciones de la cartera de Salud, y dentro de un trabajo articulado por Jefatura de Gabinete y los ministerios de Interior y Transporte, se dispuso suspender la llegada y salida de vuelos desde y hacia Italia, Dinamarca, Países Bajos y Australia, como así también mantener la restricción con Gran Bretaña, a raíz de la situación epidemiológica que registran estos países tras la aparición de una nueva cepa de Covid-19.
Medidas Sanitarias:- En cuanto al ingreso al país por cualquiera de las vías autorizadas, las personas que se hayan visto imposibilitadas de realizar el test de PCR negativo con 72 horas de antelación al embarque en el país de procedencia, podrán realizar un análisis a su arribo a Ezeiza.
- Diplomáticos, funcionarios, y personal esencial proveniente de los destinos habilitados deberán contar con autorización de la DNM , presentar test de PCR negativo y seguro Covid-19
- Personal de transporte internacional y tripulaciones quedan exentos de los requisitos, bajo la aplicación de los protocolos sanitarios específicos, en el ejercicio exclusivo de su actividad.
- Los deportistas enmarcados en protocolos específicos para eventos deportivos, previa autorización de la DNM y autoridad Sanitara, su actividad será supervisada por el Ministerio de Turismo y Deportes.
- Los argentinos y extranjeros que ingresen y egresen desde y hacia el país (con excepción de tripulantes) deberán completar una declaración jurada electrónica disponible en ddjj.migraciones.gob.ar/app/ dentro de las 48 horas previas al embarque, que será solicitada por las aerolíneas.
- Las personas mayores de 70 años están exceptuadas de la obligatoriedad de realizar la declaración jurada en forma electrónica.
- En ningún caso podrán circular las personas que revisten la condición de “caso sospechoso” o de “caso confirmado” de COVID-19, ni quienes deban cumplir aislamiento en los términos del Decreto N° 260/20, su modificatorio y normas complementarias.
- Para las personas extranjeras, la resolución oficial exige: Declaración Jurada Electrónica, que deberá ser completada on line durante las 48 horas previas al embarque, test PCR con resultado negativo y seguro médico COVID.
- En el caso de las personas menores de edad o con discapacidad que no puedan llenar la declaración jurada o usar la aplicación por sí mismas, será el padre, madre o responsable a cargo quien deberá hacerlo por ellos.
- Los argentinos y extranjeros que ingresen y egresen desde y hacia el país (con excepción de tripulantes) deberán completar una declaración jurada electrónica dentro de las 48 horas previas al embarque.
- Las personas mayores de 70 años están exceptuadas de la obligatoriedad de realizar la declaración jurada en forma electrónica.
- En ningún caso podrán circular las personas que revisten la condición de “caso sospechoso” o de “caso confirmado” de COVID-19, ni quienes deban cumplir aislamiento en los términos del Decreto N° 260/20, su modificatorio y normas complementarias.
- Para las personas extranjeras, la resolución oficial exige: Declaración Jurada Electrónica, que deberá ser completada online durante las 48 horas previas al embarque, test PCR con resultado negativo y seguro médico COVID.
- En el caso de las personas menores de edad o con discapacidad que no puedan llenar la declaración jurada o usar la aplicación por sí mismas, será el padre, madre o responsable a cargo quien deberá hacerlo por ellos.