Adolescentes podrán reclamar sus derechos como consumidores: paso a paso
Los jóvenes de entre 13 a 17 años estarán habilitados a realizar demandas en Defensa al Consumidor. También podrán participar de audiencias legales. La medida se publicó a través del Boletín Oficial el mismo día en que se conmemora el Día mundial de los Derechos al Consumidor
En el marco del Día Mundial de los Derechos al Consumidor, el gobierno nacional estableció que los adolescentes de entre 13 y 17 años podrán efectuar por su cuenta reclamos frente a "vulneraciones en el ejercicio de sus derechos como usuarios y consumidores".
La Secretaria de Comercio Interior explico que “frente al avance de las Tecnologías de la Información y la Comunicación” los adolescentes “se ven inmersos en relaciones de consumo” en el entorno digital. Por lo tanto, “se vuelve imperioso” una medida que habilite “canales de denuncia y reclamos” frente a sus posibles vulneraciones como consumidores.
Por medio de la Resolución 236/2021 publicada este lunes en el Boletín Oficial se dispuso que los adolescente de entre 13 a 17 años “serán atendidos de conformidad con los objetivos y funciones encomendadas a la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de Las y Los Consumidores".
Además, se invitó a la Ciudad de Buenos Aires y a las provincias para que adhieran a la medida y "adopten los mecanismos pertinentes para garantizar en sus jurisdicciones los derechos de las niñas, niños y adolescentes como usuarios y consumidores".
¿Cómo hacer el reclamo?
Para realizar el reclamo deberán dirigirse a la Ventanilla Única Federal de Defensa del Consumidor (VUF), el Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC) y el Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC) de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo.
El texto oficial estipula que para los reclamos realizados por los adolescentes y para la suscripción del acta conciliación sólo será necesario manifestar su intención de hacerlo tanto para el comienzo, como para la continuación o el cierre del procedimiento conciliatorio.
La Secretaría de Comercio Interior también explicó que el acta de conciliación deberá redactarse en lenguaje claro y con una redacción simple, con el objetivo de que se haga efectiva la comprensión de lo que se lee, al tiempo que los adolescentes podrán participar de las audiencias que se celebren por reclamos que involucren sus derechos y que sean presentados por sus representantes legales.
Día mundial de los derechos del consumidorLa Organización de las Naciones Unidas (ONU) instauró en 1983 el Día Mundial de los Derechos de los Consumidores. La celebración conmemora el discurso del presidente estadoundense John Fitzgerald Kennedy el 15 de marzo de 1962 en el que reconoció al consumidor como un elemento fundamental dentro del proceso productivo.
Los derechos primordiales de los consumidores son:
- A la información cierta, clara y detallada sobre las características esenciales de los bienes y servicios que adquiere, y las condiciones de su comercialización.
- A la utilización de productos y servicios que no presenten peligro alguno para su salud o integridad física.
- Al trato digno para no ser víctimas de conductas que los coloquen en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.
- A la educación en consumo para saber cuándo actuar y cómo para defender sus derechos y compartir también sus responsabilidades.