Corte Suprema: Cristina Kirchner quedó condenada por corrupción y no podrá ejercer cargos públicos
El máximo tribunal rechazó el recurso de la defensa y confirmó la condena por fraude a la administración pública. La sentencia incluye prisión e inhabilitación perpetua
En una decisión de alto impacto institucional, la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó hoy martes 10 de junio la condena a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, al rechazar el recurso extraordinario federal interpuesto por su defensa en la causa conocida como “Vialidad”. El fallo, dictado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, deja firme la sentencia por administración fraudulenta agravada en perjuicio del Estado.
El expediente, identificado como N.º 2833/CSJN, fue caratulado como "Fernández de Kirchner, Cristina Elizabet y otros s/defraudación a la administración pública – Recurso Extraordinario Federal". La Corte resolvió:
“Rechazar el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Cristina Elizabet Fernández de Kirchner. Confirmar la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 2, en cuanto condena a la nombrada a seis (6) años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, como coautora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública (arts. 174 inc. 5° y 45 del Código Penal)”.
La condena original había sido dictada en 2022 por el Tribunal Oral Federal N.º 2 e integrada por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso. Fue confirmada en noviembre de 2023 por la Sala IV de la Cámara de Casación Penal. Ahora, el fallo de la Corte deja firme no solo la condena a la expresidenta, sino también las de Lázaro Báez, José López y otros seis funcionarios, además de homologar el decomiso de aproximadamente 84.000 millones de pesos.
En su fallo, la Corte consideró que la sentencia de Casación “se asentó en la profusa prueba producida —valorada de conformidad con las reglas de la sana crítica— y en el Código Penal sancionado por el Congreso”, y concluyó que “el debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley”.
Los jueces enfatizaron que “la imposición de las penas de prisión e inhabilitación no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democrático según las leyes penales dictadas por los representantes del pueblo”.
También desestimaron los planteos de la defensa, al considerar que el recurso extraordinario “no cumplió con el requisito de fundamentación autónoma”, ni refutó de manera concreta y razonada los argumentos de las sentencias apeladas. Sobre los cuestionamientos a la imparcialidad de los jueces, la Corte señaló que “se trata en efecto de meras conjeturas” y que “no basta el dictado de un fallo adverso para invocar temor de parcialidad”.
En relación con los hechos investigados, la Corte ratificó que los vínculos personales y comerciales entre la expresidenta y Lázaro Báez fueron acreditados, y que Cristina Fernández “se representó los elementos objetivos del tipo al momento de dar comienzo a la acción típica y que previó la realización de estos y, por tanto, la producción del resultado”. En ese sentido, “quiso que el resultado delictivo sea una consecuencia de su propia acción y tuvo, además, el ánimo de lucro requerido por el tipo”.
Los hechos del caso VialidadLa causa judicial se centró en la adjudicación sistemática de 51 contratos de obra pública vial en Santa Cruz a favor de empresas vinculadas a Báez entre 2003 y 2015. La Justicia determinó que Austral Construcciones, creada días antes de recibir sus primeros contratos, fue beneficiada de manera reiterada, incluso durante los años de crisis financiera (2008–2009), y que muchas de las obras fueron abandonadas tras la derrota electoral del oficialismo en 2015, en el marco del llamado “Plan limpiar todo”.
La participación de la expresidenta quedó plasmada, entre otros elementos, en la firma del Decreto 54/2009, que modificó el destino de los fondos provenientes del fideicomiso del gasoil, permitiendo su utilización discrecional a través de la Dirección Nacional de Vialidad, bajo control de Nelson Periotti.
Según la sentencia, Cristina Kirchner desoyó advertencias jurídicas internas, mantuvo relaciones comerciales con el contratista beneficiado, e intervino directamente en las decisiones que habilitaron el desvío de fondos. Entre las pruebas citadas figuran mensajes extraídos del celular del ex secretario de Obras Públicas, José López, donde se documentan reuniones con la ex presidenta durante noviembre y diciembre de 2015.
Las condenas confirmadasAdemás de la ex presidenta, la Corte dejó firmes las siguientes penas:
- Lázaro Báez: 6 años de prisión e inhabilitación perpetua.
- José López: 6 años de prisión e inhabilitación perpetua.
- Nelson Periotti: 6 años de prisión.
- Juan Carlos Villafañe: 5 años.
- Raúl Pavesi: 4 años y 6 meses.
- José Santibáñez: 4 años.
- Mauricio Collareda: 4 años.
- Raúl Daruich: 3 años y 6 meses.
En todos los casos se confirmó la inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos.
El tribunal también ratificó las absoluciones de Julio De Vido, Abel Fatala y Héctor Garro, así como el sobreseimiento por prescripción de Carlos Kirchner, primo segundo del expresidente Néstor Kirchner. Fue funcionario del Ministerio de Planificación Federal.
Impacto político y judicialLa decisión convierte a Cristina Fernández de Kirchner en la segunda expresidenta condenada en democracia por corrupción, después de Carlos Menem. La Corte no se pronunció sobre las condiciones de cumplimiento de la pena: esa definición quedará en manos del Tribunal Oral Federal N.º 2, que deberá evaluar si corresponde el beneficio de arresto domiciliario por edad.
Además, la inhabilitación firme impide a la exmandataria postularse a cualquier cargo electivo. Según se indicó, tenía previsto competir por una banca provincial en las próximas elecciones legislativas.
Este fallo marca un punto de inflexión en la historia judicial argentina reciente y abre una nueva etapa en el proceso penal de alto perfil más emblemático del kirchnerismo. Mientras tanto, otras causas vinculadas, como Los cuadernos, Hotesur y Los Sauces, continúan su camino hacia el juicio oral.