¿Qué se vota en las PASO?
El 11 de octubre se definirán los candidatos para las elecciones generales
Carteles, spots en televisión y radio, publicidad en redes sociales. Todo indica que estamos en medio de lo más fuerte de la campaña política de cara a las elecciones. Sin embargo, todavía falta para los comicios generales del 27 de octubre: lo que tendrá lugar el próximo domingo 11 de agosto son las elecciones primarias o PASO.
Pero, ¿que son las PASO? Se trata de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias. Son el "paso" previo a las elecciones generales de octubre, aquellas que definirán efectivamente los ganadores para los diferentes cargos políticos en disputa.
Lo que hacen las PASO es definir quiénes serán los candidatos para las elecciones de octubre. De esta manera, cada partido político puede presentar varios precandidatos para un mismo cargo en diferentes listas, aunque esto no es obligatorio: puede decidir postular sólo a uno para cada puesto, en una lista única.
La ley electoral vigente establece que "sólo podrán participar en las elecciones generales" las fuerzas políticas que "hayan obtenido como mínimo un total de votos igual o superior a 1,5%" sumando los votos que hayan tenido todas sus listas internas. Luego, cada partido decidirá qué lista pasa a las elecciones generales según su criterio propio que determine cuál es más representativa de los votos obtenidos.
"Cada partido político puede tener distintos aspirantes a un mismo cargo. Los ciudadanos, sin necesidad de estar afiliados a ese partido político, definen mediante su voto cuál de todos esos aspirantes será el candidato para ocupar el cargo", explican desde la web de Presidencia de la Nación.
Por ejemplo, un partido podría presentar dos precandidatos para gobernador de Buenos Aires, en dos listas distintas. En las PASO, el voto popular decidiría cuál de esas dos personas ocuparía definitivamente un lugar en la lista como candidato a gobernador. Lo mismo sucede con otros cargos, aunque no se pueden votar a dos personas distintas que se postulen para el mismo cargo.
Todos los partidos están obligados a participar de las PASO si quieren presentarse en las elecciones generales. También es obligatorio que toda la ciudadanía vote en ambas instancias, "sin tener en cuenta si están afiliados o no a un partido político", explica Presidencia. Por eso se dice que las PASO son "abiertas" y "obligatorias". Además, son simultáneas porque "son el mismo día en todo el país para todos los partidos".
En las elecciones primarias es posible votar a precandidatos de distintos partidos, "siempre que sea para distintos cargos". "Por ejemplo: podés votar a un precandidato a senador de un partido político y para diputado al de otro. Esto se hace cortando boleta", puntualizaron desde el Gobierno. En caso de votar a dos precandidatos para un mismo cargo, el voto se anula, tanto en las PASO como en las elecciones generales.
¿Dónde voto en las PASO? En la misma escuela y mesa que en las elecciones generales. Esto se puede consultar en la siguiente web: padronelectoral.org. Para poder votar es necesario contar con documentación personal, tal como el DNI en tarjeta, libreta celeste o libreta verde; libreta de enrolamiento; o libreta cívica.
¿Qué pasa si no voto en las PASO? La persona que no vote en las elecciones primarias ingresará a un registro de infractores y se le aplicará una multa que implicará no poder realizar trámites en dependencias públicas por un año, a menos que esté justificada la razón por la que no se pudo participar de los comicios ante la justicia nacional electoral.
Por ejemplo, si la persona está enferma y no puede ir a votar, debe pedir un certificado médico y presentarlo en un plazo de 60 días después de la elección ante la secretaría electoral que corresponda según el domicilio.
Si se encuentra a más de 500 kilómetros del lugar donde le corresponda votar según el domicilio, la persona también está exenta de votar, pero debe acercarse a una comisaría y pedir un certificado que pruebe estar a una distancia que no le permita votar. Luego, en un plazo de 60 días después de la elección, deberá presentarse ante la secretaría electoral correspondiente al domicilio y llevar el certificado.
Por más que no se haya presentado a votar en las PASO, se puede votar en octubre, pero debe presentarse una justificación ante la secretaría electoral dentro de los 60 días posteriores al 11 de agosto. Las únicas excepciones son para personas de entre 16 y 18 años o mayores de 70, que no tienen la obligación de votar, pero sí tienen el derecho de hacerlo si así lo desean.