TRÁMITES

Comprobantes en línea de AFIP: cómo gestionar facturas online

El organismo nacional de recaudación ofrece la posibilidad de generar comprobantes desde su página web. Quiénes pueden emitirlos

BAE Negocios

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permite realizar varios trámites de manera online cómo la recategorización del monotributo o la oportunidad de solicitar la devolución de percepciones, entre otros.

A su vez, aquellos monotributistas que necesiten generar y gestionar sus propias facturas, pueden llevarlo a cabo a través de la página de la AFIP con la categoría "Comprobantes en línea".

AFIP: qué son los "Comprobantes en Línea"

El servicio de "Comprobantes en línea" permite, con CUIT y clave fiscal con un nivel mínimo de seguridad 3, elaborar los comprobantes de las facturas abonadas o a abonar y generar el respectivo archivo PDF que puede descargarse o presentarse online.

Luego se deberá habilitar un punto de venta diferente al de los usados en los demás sistemas de facturación. A su vez, se podrá utilizar el mismo servicio en más de un punto de venta.

Dónde realizar el alta de los puntos de venta

El alta de los puntos de venta se realiza al ingresar al servicio de clave fiscal: "Administración de puntos de venta y domicilios". Luego, debe seleccionarse la opción "A/B/M de puntos de venta", según el caso y luego dar clic en "Alta".

Comprobantes en línea de AFIP: cómo gestionar facturas online
Quiénes emiten comprobantes
Quiénes pueden emitir Comprobantes en Línea

Podrán emitir sus comprobantes a través de las opciones controlador fiscal, factura electrónica, o por ambos medios, estos grupos:

  • Responsables inscriptos en el IVA.
  • Monotributistas.
  • Exentos en el IVA.
Escalas monotributo 2024

la AFIP detalló cuáles son, desde este 1 de enero, las nuevas escalas:

  • Categoría A: ingresos brutos de hasta $2.108.288,01 mensuales. Pagarán $ 12.128,39 por mes.
  • Categoría B: ingresos brutos de hasta $3.133.941,63 mensuales. Pagarán $13.561,75 por mes.
  • Categoría C: ingresos brutos de hasta $4.387.518,23 mensuales. Pagarán $15.241,42 por mes.
  • Categoría D: ingresos brutos de hasta $5.449.094,55 mensuales. Pagarán $19.066,46 por mes.
  • Categoría E: ingresos brutos de hasta $6.416.528,72 mensuales. Pagarán $24.526,43 por mes.
  • Categoría F: ingresos brutos de hasta $8.020.661,11 mensuales. Pagarán $29.223,11 por mes.
  • Categoría G: ingresos brutos de hasta $9.624.793,31 mensuales. Pagarán $33.439,61 por mes.
  • Categoría H: ingresos brutos de hasta $11.916.410,77 mensuales. Pagarán $56.402,68 por mes.
  • Categoría I: ingresos brutos de hasta $13.337.213,57 mensuales. Pagarán $81.121,96 por mes.
  • Categoría J: ingresos brutos de hasta $15.285.088,45 mensuales. Pagarán $93.619,47 por mes.
  • Categoría K: ingresos brutos de hasta $16.957.969,16 mensuales. Pagarán $106,964,65 por mes.

A pesar de esta modificación, los monotributistas abonarán la misma cuota e importe por el impuesto integrado, y aportes de obra social y jubilación.

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