Qué multas te impiden renovar el registro en 2025
El Gobierno endureció los requisitos para renovar el registro de conducir. Quienes tengan multas graves o impagas quedarán inhabilitados para hacerlo.
Con la publicación del Decreto 196/2025, el Gobierno nacional introdujo cambios en la renovación del registro de conducir. Aunque ahora existe una versión digital sin vencimiento del carnet —disponible en la app Mi Argentina—, los conductores deberán revalidar su aptitud psicofísica periódicamente:
- De 17 a 65 años: cada 5 años.
- Mayores de 70 años: anualmente.
Pero hay una novedad clave: quienes tengan infracciones impagas no podrán renovar su licencia, independientemente del formato del carnet.
¿Qué multas impiden renovar el registro?Según la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), estas son las infracciones graves que bloquean la renovación:
- Manejar bajo efectos del alcohol o drogas
- Exceso de velocidad
- Ignorar semáforos o señales de tránsito
- Circular sin documentación obligatoria
- Usar el celular mientras se maneja
- Transportar menores sin sujeción adecuada
- No usar cinturón de seguridad o casco
- Participar en picadas o huir de controles
Estas infracciones quedan activas durante cinco años, mientras que las leves prescriben a los dos años, según la Ley Nacional de Tránsito.
Aunque las faltas leves no tienen el mismo peso, si están impagas también pueden impedir el trámite de renovación hasta regularizarlas. Es importante tener el historial limpio antes de iniciar cualquier gestión.
¿Cómo consultar tus infracciones?Antes de renovar el registro, podés verificar tu situación de varias maneras:
- Presencial: en la Dirección General de Administración de Infracciones o comunas habilitadas (con turno).
- Online: ingresando al sitio oficial de Consulta de Infracciones.
- Por WhatsApp: con el chatbot “Boti” de la Ciudad de Buenos Aires.
Dato útil: si bien el carnet digital no vence, la habilitación para conducir sigue dependiendo del cumplimiento de las evaluaciones y la inexistencia de multas graves.