BUENA NOTICIA

Ciudadanía Española: el Gobierno simplificó el trámite para hijos y nietos

¡Buena noticia para los hijos y nietos de españoles! Ahora, hacer el trámite será mucho más sencillo

BAE Negocios

En el Boletín Oficial del Gobierno de España se publicó la reciente flexibilización en las condiciones de solicitud de nacionalidad española. 

La principal novedad es que cada familia argentina podrá presentar un único expediente para tramitar la nacionalidad, una medida que agiliza los trámites y evita la duplicación de documentos.

Además, se extendió hasta octubre de 2025 el período de solicitud de ciudadanía, brindando a las familias más tiempo para completar la gestión. Esta medida se enmarca en la Ley de Memoria Democrática, la cual busca reparar el derecho a la nacionalidad interrumpido durante la Guerra Civil Española y la dictadura franquista.

 

Ley de nietos

La "Ley de Nietos" es una normativa española diseñada para facilitar el acceso a la nacionalidad española a descendientes de emigrantes españoles, especialmente aquellos afectados por la Guerra Civil y la dictadura de Franco. Esta ley se formalizó dentro de la Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022, la cual amplía los derechos de nacionalidad para hijos y nietos de españoles que perdieron o renunciaron a su ciudadanía a raíz de conflictos políticos, exilio o razones ideológicas.

Además de la nacionalidad por descendencia directa, la ley permite obtener la nacionalidad mediante un período de residencia legal en España o a través del “arraigo familiar,” permitiendo que quienes estuvieron bajo la patria potestad de un español opten a la nacionalidad de origen.

 

Quiénes pueden pedir la nacionalidad española
  • Hijos y nietos de ciudadanos españoles que perdieron su nacionalidad por motivos políticos o exilio.
  • Descendientes de españoles que obtuvieron la nacionalidad por la Ley de Memoria Histórica de 2007.
  • Nietos de españoles que nunca transmitieron la nacionalidad, ya que anteriormente esta no se extendía a descendientes en tercer grado (nietos, bisnietos).
  • Hijos de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad al casarse con ciudadanos extranjeros antes de 1978.

 

 

Ciudadanía española: quiénes la pueden tramitar
Ciudadanía española: quiénes la pueden tramitar

Qué documentación se debe presentar
  • Documento que acredite la identidad del solicitante.
  • Certificación literal de nacimiento del solicitante, expedida por el Registro Civil local en que conste.
  • Certificación literal española de nacimiento del padre o de la madre de los solicitantes mayores de edad que opten a la nacionalidad española (para hijos de nacionalizados mediante la Ley de 2007 o la de 2022 en caso de presentarse ante un Registro Civil diferente al de los progenitores).
  • El acta de opción por la nacionalidad española.
  • Partida de nacimiento de los progenitores españoles en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil español.
  • Partida de nacimiento del interesado expedida por el Registro Civil del país de origen, legalizada y con apostilla de La Haya.
  • Acta de matrimonio o partida de nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.
  • Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
  • Documento de identidad nacional del progenitor español.
  • Documento de identidad nacional del interesado.
  • En caso de adopciones, se debe aportar el testimonio completo del trámite junto con la partida de nacimiento del adoptado.
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