Cuándo cobran el aguinaldo los empleados estatales en junio 2025
El medio sueldo anual complementario se acredita este mes para trabajadores públicos. Cuándo vence el plazo legal para recibir la suma extraordinaria
Con la llegada de junio, uno de los temas clave en la agenda salarial de trabajadores del sector público es el aguinaldo, o Sueldo Anual Complementario (SAC). Este beneficio, establecido por ley, representa un ingreso adicional que se abona en dos partes: una en el mes de junio y otra en diciembre. Su objetivo es reforzar el poder adquisitivo de los asalariados, en especial en un contexto económico donde la inflación sigue afectando los ingresos reales.
Para los empleados estatales, tanto a nivel nacional como provincial, el cobro del medio aguinaldo implica una planificación clave en las finanzas personales. La Ley de Contrato de Trabajo establece que este pago debe realizarse antes del lunes 30 de junio, y su monto equivale al 50% del mejor sueldo bruto mensual percibido en el semestre.
En el caso de la Provincia de Buenos Aires, la Tesorería del Gobierno ya difundió la fecha de cobro para los trabajadores públicos.
Aguinaldo para estatales: el calendario de pago para los empleados públicos en PBAAsí quedó el cronograma, según se informó de manera oficial en el sitio de Tesorería del gobierno de Axel Kicillof:
- Dirección de Vialidad
- OCEBA
- Instituto de la Vivienda
- Ministerio de Seguridad
- Servicio Penitenciario
- Ministerio de Desarrollo de la Comunidad
- Patronato de Liberados
- Instituto Provincial de Lotería y Casino
- Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia
- Ministerio de Salud
- Caja de Policía
Fiscalía de Estado
Junta Electoral
Tribunal de Cuentas
Asesoría General de Gobierno
Secretaria General
Coordinación General Unidad Gobernador
Ministerio de las Mujeres y Diversidad
Ministerio de Economía
Contaduría General de la Provincia
Tesorería General de la Provincia
Mrio. de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica
Fondo Provincial de Puertos
Mrio. De Desarrollo Agrario
Mrio. de Infraestructura y Servicios Públicos
Consejo de la Magistratura
Mrio. de Justicia y Derechos Humanos
Mrio. de Gobierno
Mrio. de Trabajo
Defensoría del Pueblo
Mrio. De Comunicación Pública
Agencia de Recaudación de Buenos Aires (A.R.B.A.)
Autoridad del Agua
Comisión de I. Científicas (CIC)
Comisión por la Memoria
Comité de Cuenca del Rio Recon. (COMIREC)
Corp. de Fomento del Valle Bonaerense del R. Colorado (CORFO)
Ente Adm. Astilleros Río Santiago
Org. Prov. De Integración Social y Urbana (O.P.I.S.U)
Poder Legislativo
Universidad Pcial. del Sudoeste (U.P.S.O.)
Universidad Provincial de Ezeiza
Jefatura de Asesores del Gobernador
Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires
Mrio. de Ambiente
Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano
Ministerio de Transporte
Instituto Universitario Policial Provincial Comisario General Honoris Causa Juan Vucetich
Instituto Provincial de Asociativismo y Cooperativismo
4 de julio- Poder Judicial
- Dirección General de Cultura y Educación
- DiPrEGeP
El monto a cobrar como aguinaldo representa el 50% del mejor sueldo bruto mensual percibido entre enero y junio. En el caso de los empleados estatales, este cálculo contempla:
- Sueldo básico
- Antigüedad
- Bonificaciones (fijas y variables)
- Sumatorias por zona desfavorable, si corresponde
- Adicionales específicos según función (docencia, salud, seguridad, etc.)
Por ejemplo, si un docente, enfermero o administrativo estatal percibió como mejor sueldo en el semestre $780.000, el aguinaldo que le corresponde será de $390.000 brutos.
Aguinaldo: qué pasa si no lo depositan a tiempoSi un organismo público no liquida el aguinaldo en el plazo previsto por ley:
- El trabajador puede realizar el reclamo administrativo en su área de recursos humanos.
- También puede recurrir al sindicato correspondiente o presentar un reclamo en el Ministerio de Trabajo, que actúa como ente regulador incluso en casos del empleo público.
- La mora genera la obligación de pagar intereses por demora, y en algunos casos puede derivar en sanciones administrativas si se prueba negligencia en la liquidación.