Alerta por una enfermedad: lanzan un plan para controlar un virus en la producción porcina

El virus puede causar problemas reproductivos en porcinos y ante la aparición de casos en distintos puntos del país se dispuso fortalecer los controles sanitarios

BAE Negocios

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció un nuevo Plan Nacional de Control y Erradicación de la Enfermedad de Aujeszky, que afecta al ganado porcino en la faz reproductiva, con los consecuentes perjuicios para los establecimientos dedicados a esa producción.

La actualización de la clasificación sanitaria se dispuso en la resolución 810/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, en la que se diferencia a los establecimientos en libres de la Enfermedad de Aujeszky y bajo vigilancia.

 

Las adecuaciones

 

Entre las principales adecuaciones del Plan, se destaca que las unidades productivas con más de 100 animales de la categoría cerdas y padrillos deberán realizar los diagnósticos correspondientes cada 4 meses para certificar el estatus de libre, tal como ya lo hacían los establecimientos de genética.

Esta adecuación reduce los plazos de certificación de la normativa previa y alinea al país con las recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), favoreciendo las negociaciones sanitarias para la exportación de productos porcinos.

Por su parte, los predios con una cantidad igual o inferior a 99 animales deberán efectuar una prueba serológica semestral para certificar como establecimiento bajo vigilancia. Este análisis será obligatorio para autorizar movimientos de egreso.

 

Restricciones en establecimientos

 

La nueva resolución incorpora la figura de Establecimiento Invernador Porcino con Protección a Aujeszky (IPPA), que podrá recibir porcinos de cualquier categoría y estatus sanitario, siempre que sean vacunados dentro de los 14 días posteriores al ingreso.

La medida busca prevenir la dispersión del virus y limita el destino de estos animales a faena u otro establecimiento IPPA.

Queda excluido el ingreso de animales a un IPPA si provienen de un establecimiento infectado.

 

Detección de brotes

 

Respecto al manejo de la enfermedad, se estableció que ante la detección de un brote, el establecimiento quedará bloqueado para todos los movimientos, hasta que el titular eleve al Senasa un plan de saneamiento obligatorio dentro de los 30 días corridos desde la confirmación del evento.

Tras su presentación, el predio podrá volver a realizar movimientos a faena, mientras que los egresos a otros destinos podrán retomarse una vez finalizado el saneamiento.

Por otra parte, los establecimientos sin clasificación sanitaria tendrán restringidos todos los movimientos animales, incluidos los destinados a faena.

Asimismo, la resolución contempla el uso de herramientas de control y prevención contra la enfermedad, como las vacunas gE-negativas, esenciales para diferenciar los animales infectados de forma natural de los vacunados. 

 

Articulación público-privada

 

Tanto la vacunación como los muestreos serológicos deberán realizarse por un veterinario acreditado en sanidad y bienestar de los porcinos.

Senasa aclaró que el nuevo plan “constituye un paso decisivo para la sanidad porcina, fruto del sólido trabajo articulado entre el sector público y privado, reconociendo el rol esencial de los productores y veterinarios en la detección temprana, el control y la erradicación de la enfermedad”.

Al mismo tiempo, “facilita la ejecución de políticas sanitarias nacionales más eficientes para garantizar una producción porcina más segura y competitiva”, finalizó.

 

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