BOLETÍN OFICIAL

Es oficial el nuevo régimen de Cese Laboral: cómo funciona y qué pasa con la indemnización

El Gobierno impulsa una reforma laboral que incluye una alternativa a la indemnización por despido. Qué es el fondo de Cese Laboral, que se financiará a través del mercado de capitales

BAE Negocios

La Comisión Nacional de Valores (CNV) reglamentó la implementación del “Régimen de Productos de Inversión Colectiva (PICs) de Cese Laboral”, de carácter opcional, que coexistirá con el tradicional sistema de indemnización por despido y se podrá aplicar tanto por sector como por empresa y hasta de manera individual.

El nuevo régimen se plasmó en la Resolución General 1071/2025 y comenzó a estar vigente a partir de su publicación en la edición de hoy del Boletín Oficial.

La medida se resolvió luego de recoger las opiniones y recomendaciones planteadas en la rueda de consultas que se abrió el 12 de mayo a través de la RG 1066/2025.

 

¿Qué pasa con la indemnización?

La indemnización por despido no se elimina con el nuevo régimen, sino que incorpora a los Productos de Inversión Colectiva (PICs) de Cese Laboral como una alternativa.

Esa nueva opción podrá ser elegida en lugar de la indemnización tradicional, siempre que exista un acuerdo previo, ya sea por convenio colectivo de trabajo, a nivel de empresa o incluso en forma individual.

El nuevo régimen no reemplaza de manera obligatoria el sistema vigente, sino se presenta como una herramienta distinta para administrar los fondos que se destinan al pago por cese laboral.

En este esquema, los empleadores podrán realizar aportes periódicos a un fondo colectivo de inversión que se constituya específicamente con ese fin y el trabajador accedería a ese fondo como compensación, siempre que haya aceptado esta modalidad en los términos establecidos.

 

Cese Laboral: cómo funciona el nuevo régimen

El nuevo régimen de Cese Laboral propone que las cuotapartes o los valores fiduciarios podrán ser definidos a nivel individual, empresa o sectorial.

Al respecto, las partes podrán establecer libremente el porcentaje de la remuneración o monto fijo que aportará el empleador para dicha cuenta individual o colectiva y la periodicidad de ese aporte.

El Fondo de Cese Laboral será inembargable y los instrumentos creados bajo este régimen solamente podrán
recibir suscripciones en el marco de contribuciones y/o aportes de empleadores y/o trabajadores.

En caso de aporte por parte de los empleadores, las cuotapartes y los valores fiduciarios estarán cedidos con condición suspensiva a favor de los trabajadores, de la empresa o del sector.

Respecto de las particularidades de cada instrumento o vehículo, en el caso de los FCI creados bajo esta normativa, sus órganos podrán determinar libremente tanto las políticas y los objetivos de inversión, como la nómina de activos elegibles, dentro de las reglas de diversificación aplicables a los Fondos Comunes de Inversión Abiertos, debiendo ajustar los textos reglamentarios de acuerdo con las características del régimen.

Una vez efectivizado el cambio de titularidad de las cuotapartes a favor del trabajador, este podrá disponer libremente de ellas, pero no podrá realizar nuevas suscripciones.

En cuanto a los FF, no será obligatorio preparar, presentar ni publicar un prospecto o suplemento de prospecto en el sitio web de CNV; las políticas de inversión deben ser consistentes con la naturaleza del régimen y objeto del vehículo; se admitirá la incorporación de fiduciantes y podrán emitirse valores fiduciarios adicionales.

  “Libertad de los actores”


"Estamos orgullosos de presentar esta normativa, que trabajamos en conjunto con el ministro (de Desregulación y Transformación del Estado) Federico Sturzenegger y el equipo del Gobierno Nacional, y que además incorpora los aportes surgidos de la consulta pública”, declaró el presidente de la CNV, Roberto Silva.

Precisamente, el ministro destacó los alcances de la medida en un posteo en su cuenta de X, en el que puso de relieve la decisión de impulsar “la libertad de los actores” que podrán implementar las modalidades del cese laboral mediante “acuerdos voluntarios”.

“Partimos de la base (de) que la solución no la aportará un burócrata sino quienes conocen las particularidades de cada mercado”, sostuvo, para explicar que el sistema de cese “puede ser simplemente la clarificación sobre el contrato laboral (sin que haya fondo de ningún tipo), puede ser armado con fondos individuales (es el sistema que hace años adoptó la Uocra), con un fondo colectivo, o también puede ser implementado a través de una compañía de seguros”.

En la entrevista con el pelado @trebuquero el presidente @JMilei habló sobre que al menos parte de la reforma laboral estaba hecha y que la responsabilidad de su implementación se había transferido a los actores del mercado. ¿A que se refería?

Se refería al Artículo 96 de la Ley…

— Fede Sturzenegger (@fedesturze) June 23, 2025

 

Respecto a las dudas que generó la adopción de un régimen que, si bien no es obligatorio, modifica el esquema de desvinculación laboral vigente desde hace décadas, Sturzenegger admitió que “encontrar un sistema que beneficie a los dos participantes es más difícil que hacer lobby para lograr que el gobierno tercie en favor de una de las partes”.

“Quizás por eso ninguna convención ha todavía recogido el guante y avanzado con un sistema. Tiempo al tiempo. La libertad, tarde o temprano, encuentra su camino”, confió.

 

 Transformar el sistema

 

Silva consideró que la nueva iniciativa “tiene potencial para transformar profundamente la forma en las que se implementan y acuerdan las indemnizaciones” y a la vez "impulsa la participación de inversores institucionales de largo plazo en el mercado de capitales”.

"A través de estas medidas promovemos los valores de la libertad en Argentina e impulsamos el desarrollo del mercado de capitales”, completó.

El texto de la norma "es el resultado de las opiniones y recomendaciones no vinculantes recibidas de distintos participantes del mercado y sectores interesados, de las cuales, luego de efectuado un análisis técnico en la materia, se ha considerado pertinente introducir modificaciones al proyecto sometido a consulta pública”, explicó la Comisión en un comunicado.

A diferencia del régimen de indemnización, en el “Cese Laboral” no tiene que mediar necesariamente el despido del empleado que, en caso de optar por el beneficio, podrá recibir los recursos ahorrados al término del vínculo con el empleador.

La CNV aprobó la creación de un régimen especial para Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral, en los términos del Decreto N° 847/2024. La normativa reglamenta el Sistema de Cese Laboral, dispuesto por el mencionado decreto.https://t.co/77nT7FGF9q pic.twitter.com/URGfcmXT2l

— CNV Argentina (@CNVArgentina) June 19, 2025

 

Los antecedentes normativos

 

El nuevo régimen se basa en los términos del decreto 847/2024, por el que se reglamentaron los capítulos de “Promoción del empleo registrado” y “Modernización laboral” de la ley 27.742 de Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos.

La resolución reglamenta el Sistema de Cese Laboral, estableciendo un régimen alternativo acordado en el marco de las Convenciones Colectivas de Trabajo y que permite sustituir la indemnización por antigüedad prevista en el artículo 245 de la ley de Contrato de Trabajo 20.744, así como otros rubros indemnizatorios.

El Sistema de Fondo de Cese se establecerá por medio del Convenio Colectivo de Trabajo y deberá administrarse a través de Fondos Comunes de Inversión Abiertos (FCI) o Fideicomisos Financieros (FF) y, según lo indicado en el decreto, la CNV será la autoridad encargada de supervisar y controlar el cumplimiento de las disposiciones.

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