El Gobierno publicó el nuevo código aeronáutico: las reformas confirmadas
Desde la gestión de Javier Milei apuntan al “mamarracho que nos dejaron administraciones anteriores” en el rubro de los aeronáuticos
El secretario de Transporte de la Nación, Franco Mogetta, confirmó un nuevo código aeronáutico y responsabilizó a las gestiones anteriores por la situación actual en el sector.
La reforma, publicada hoy en el Boletín Oficial mediante el DNU N° 941/2024, fue impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y moderniza la normativa existente alineándola con los recientes estándares internacionales de auditoría, exigidos por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos (FAA).
La cartera de Transporte indicó que con el nuevo Código Aeronáutico “la Argentina cumplimenta y resuelve el 100% de las observaciones legales que habían sido identificadas por la inspección de la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos (FAA) en abril pasado, luego de décadas de una pésima performance que llevó a la necesidad de intervenir la autoridad aeronáutica”.
En medio del conflicto gremial con Aerolíneas Argentinas y su posible privatización, Mogetta publicó en su cuenta oficial de X las principales reformas que se realizaron en la administración actual.
“Entre tantas medidas que venimos tomando para enderezar el mamarracho que nos dejaron administraciones anteriores, hoy reformamos el código aeronáutico para que cielos abiertos también sean cielos más seguros y Argentina no descienda de categoria en seguridad operacional”, afirmó.
Nuevo código aeronáutico: qué cambios comprendeSegún el secretario, este nuevo código engloba la “incorporación de atribuciones de la autoridad aeronáutica en la sección ‘Generalidades’ del Código, conforme al derecho anglosajón”. “Se establece de manera clara que la ANAC se encuentra facultada para reglamentar los Anexos Técnicos de los Convenios internacionales”, señaló.
También apuntó a “la incorporación de un artículo que profundiza la noción de autoridad delegada”, lo que significa que la ANAC podrá “autorizar a terceras personas, físicas o jurídicas, para que lleven adelante evaluaciones, certificaciones y fiscalizaciones”. Para ello, “se deberán reunir ciertos requisitos y se tendrán que establecer los procedimientos bajo los cuales fiscalizarán el desempeño y cumplimiento de la tarea que se les delegó”.
También se designó la habilitación específica a la ANAC para “detener o impedir preventivamente el vuelo de una aeronave por motivos de seguridad operacional”.
“El fortalecimiento específico de la figura de los inspectores aeronáuticos, que estarán habilitados para realizar fiscalizaciones a todos los explotadores aéreos, así como a las entidades públicas y privadas del ámbito aeronáutico”, detalló Mogetta. Y agregó: “A su vez, se les otorga facultades preventivas, pudiendo suspender las actividades del personal aeronáutico cuando detecten que no cumplen con los procedimientos y normas. En estos casos, el inspector podrá retener la licencia del personal hasta que se acredite que ha adoptado las medidas correctivas necesarias”.
Además, el secretario de Transporte señaló que la incorporación expresa de las dos ramas de la aviación civil: la comercial y no comercial.
“A partir de esta nueva reforma del Código Aeronáutico, que complementa a la primera, Argentina se encuentra alineada con los máximos estándares normativos, conforme las principales auditorías internacionales", concluyó.
Las…— Franco Mogetta (@FrancoMogetta) October 22, 2024