Fiesta en Olivos de Alberto Fernández y Fabiola Yáñez: cómo está la causa judicial
Los denunciantes ampliaron su presentación para incluir a todos los invitados al cumpleaños de Fabiola Yáñez. Cómo era el régimen que establecía el DNU 576/20, vigente en el momento de la foto, cuáles serían las penas que podría enfrentar el Presidente
El partido Republicanos Unidos amplió este viernes la denuncia que había presentado contra el presidente Alberto Fernández y la modelo Sofía Pacchi por las visitas a la residencia de Olivos en pleno aislamiento por el coronavirus, e incluyó ahora a todas las personas que aparecieron en la foto del cumpleaños de Fabiola Yánez, el 14 de julio de 2020 durante la cuarentena estricta.
En verdad no se trata de una nueva causa sino que el episodio conocido el jueves a partir de la foto del brindis fue incorporado al trámite judicial que investiga el fiscal federal Ramiro González desde la semana pasada, por las visitas a la residencia presidencial durante la cuarentena estricta del año pasado.
González es quien lleva adelante la investigación debido a que le fue delegada por el juez de instrucción de la causa, Sebastián Casanello.
Los nuevos implicados en la causa por la foto del brindis en OlivosLa denuncia fue originalmente presentada por el partido liberal el 28 de julio pasado, y fue ampliada este viernes para incluir a Emmanuel López, Fernando Consagra, Rocío Fernández Peruilh, Florencia Fernández Peruilh, Santiago Basavilbaso, Estefanía Dominguez, Sofía Pacchi, Carolina Marafioti, Federico Abraham y Fabiola Yañez, quienes aparecen en la foto que se filtró a los medios.
Los denunciantes pidieron investigar a los acusados por la "violación del artículo 205 del Código Penal".
Los demás acusados en la denunciaEsta ampliación se suma a las realizadas anteriormente. Después de la denuncia inicial, que incluía al presidente Fernández y a la modelo Sofía Pacchi, se incorporaron al trámite judicial la primera dama Fabiola Yañez "por haber participado el 2 de abril de 2020 de reuniones no relacionadas a actividades esenciales".
También fueron incluidos el empresario coreano Chien Chia Hong; el adiestrador canino Ariel Alonso Zapata y el veterinario Lautaro Romero.
En una segunda ampliación, se incluyó a la actriz Florencia Peña y finalmente, se agregaron la periodista Tamara Pettinato y un grupo de 61 referentes, diputados y autoridades del Frente de Todos, quienes habrían participado de una celebración partidaria.
La cuarentena de 2020
La acusación surge de la normativa que marcaba el entonces vigente DNU 576/2020. Este decreto había sido firmado por el propio Fernández el 29 de junio del año pasado y vencía recién el 17 de julio.
Se trató de una medida que estableció una "marcha atrás" al endurecer las restricciones de la cuarentena, luego de algunas flexibilizaciones que habían sido establecidas en junio.
El DNU 576/20 diferenciaba entre zonas del país bajo el régimen de Distanciamiento (DISPO) y zonas del país bajo el régimen de Aislamiento (ASPO).
Mientras que en las zonas en DISPO se permitían reuniones sociales de hasta 10 personas en espacio cerrado, el artículo 19 del decreto establecía que en zonas en ASPO las reuniones sociales estaban prohibidas bajo todo punto de vista, cualquiera fuera su concurrencia.
Preciesamente, el artículo 12 del DNU determinaba que toda la zona del AMBA, incluyendo al partido de Vicente López donde está la residencia presidencial, se encontraba en modalidad de ASPO.
Qué dice el artículo 205 del código penalSegún el mismo DNU, la pena para quienes incumpliesen la normativa del decreto recae en lo que marcan los artículos 205 y 239 del Código Penal.
El artículo 205 establece que "será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia."
En tanto, el artículo 239 indica que "será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal."